Adultos mayores pueden acceder a bono de casi $95.000: solo hay SIETE requisitos

Se trata de un beneficio que es de por vida para aquellos jubilados que desempeñaron labores en el servicio público.

Bonos. Conoce cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio. (Redacción En La Hora/En La Hora)

Con el fin de mejorar las condiciones económicas de los pensionados del sector público, el estado entrega un bono que complementa su jubilación. Se trata de un beneficio que tiene carácter vitalicio y que no figura como una indemnización o una renta.

Se trata del Bono Post Laboral, el cual fija un monto de $94.421 que se entrega de forma mensual a todos los beneficiarios, quienes además deben cumplir con siete requisitos, dentro de los cuales se incluye estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

Jubilados del sector público pueden acceder a bono de casi $95.000.
Jubilados del sector público pueden acceder a bono de casi $95.000.

¿Cuáles son los requisitos del Bono Post Laboral?

Los adultos mayores que se jubilaron de un puesto de trabajo del sector público deberán cumplir con los siguientes requisitos para poder postular al beneficio:

  • Ser afiliado a una AFP.
  • Poseer más de 60 años las mujeres, y más de 65 los hombres.
  • Contar con más de 20 años de servicio en el sector público, no es necesario que sean continuos.
  • Haber estado en un cargo de planta, a contrata o por Código del Trabajo al momento de postular.
  • Haber sido parte de una de las instituciones públicas antes del 1 de mayo del 1981 con, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tasa de reemplazo líquida cercana al 55%.
  • Tener un fin del contrato por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o una pensión de vejez.

¿Cómo solicitar el beneficio?

Quienes deseen solicitar este bono deberán revisar si pertenecen a alguna de las instituciones públicas incluidas en el listado, y una vez confirmado ello deberán acudir a la jefatura de la organización, en un plazo de 12 meses luego de cumplir la edad de jubilación.

En adelante, y siempre y cuando la solicitud sea derivada a la Superintendencia de Pensiones, esta procederá a calcular la tasa de reemplazo y se informará si él o la funcionaria califica para obtener el bono.