¿Eres pensionado? Puedes cobrar hasta $40.000 si estas inscrito en esta caja de compensación

Conoce cuáles son los requisitos y cómo puedes acceder a esta ayuda económica que entrega la entidad para sus afiliados de la tercera edad.

Bonos tercera edad. Revisa cuál es la ayuda económica que ofrece esta caja de compensación. (Raul Zamora/Aton Chile)

Uno de los públicos mayoritarios de las cajas de compensación son los pensionados, que se unen a estas entidades con el fin de obtener distintos beneficios como descuentos en materias de salud, entretención, y bienestar.

Pensando en ellos, la Caja Los Héroes cuenta con una ayuda económica de hasta $40.000 para adultos mayores que estén afiliados y cumplan con los siguientes requisitos.

Las cajas de compensación cuentan con múltiples ayudas y beneficios económicos para la tercera edad.
Las cajas de compensación cuentan con múltiples ayudas y beneficios económicos para la tercera edad.

Este es el bono de hasta $40.000 que puedes cobrar en Caja Los Héroes

La Caja Los Héroes cuenta con un bono especial para sus afiliados y afiliadas que pertenezcan a la tercera edad y que además estén celebrando sus bodas de oro o plata junto a su cónyuge.

Dependiendo del caso, los pensionados de la entidad podrán recibir por una única vez los siguientes beneficios en su aniversario:

BonoMonto a entregar
Bodas de plata (25 años de matrimonio)$25.000
Bodas de oro (50 años de matrimonio)$40.000

Pero también, para quienes así lo deseen, Caja Los Héroes ofrece reemplazar esta ayuda económica por una mini luna de miel que consiste en una estadía de tres noches en las cabañas de la caja de compensación, las que están ubicadas en San José de Maipo, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue, entre los meses de marzo a diciembre.

¿Cómo cobrar el bono de bodas de plata y oro de Caja Los Héroes?

Quienes hayan celebrado sus bodas de plata o de oro y estén afiliados a Caja Los Héroes podrán hacer cobro de estos bonos en cualquiera de las sucursales de la entidad presentando los siguientes documentos:

  • Certificado de Matrimonio emitido por Registro Civil que acredite 25 o 50 años de matrimonio.
  • Cédula de Identidad del afiliado y de su cónyuge.
  • Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por el pensionado.

Para ello, tendrán un plazo máximo de hasta 120 días de corrido desde la celebración de su aniversario. Posterior a este periodo, se dará por entendido que el pensionado renunció al cobro del beneficio.