Quedarse sin trabajo es un verdadero problema en la actualidad. Sin embargo, quienes transitan esa difícil situación pueden cobrar el Subsidio de Cesantía. Este es un bono mensual que se puede solicitar ante el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación.
Además del dinero, que puede alcanzar los $17.000 por mes, el beneficio incluye otros servicios como asistencia gratuita en hospitales del Servicio de Salud, así como el cobro de la Asignación por Muerte y la Asignación Maternal y/o Familiar.
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¿Cuáles son los requisitos que debes cumplir para cobrar el Subsidio de Cesantía?
Estas son las cinco condiciones exigidas para aprobar el Subsidio de Cesantía:
- Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
¿Qué montos entrega?
Se entrega durante tres meses, aunque puede renovarse por un máximo de 360 días. El pago mensual depende de cada tramo y está establecido de esta manera:
- 0 - 90 días: $17.338.
- 91 - 181 días: $11.560.
- 181 - 360 días: $8.669.
¿Cómo solicitar el Subsidio de Cesantía?
Tienes que acudir a una oficina de Chile Atiende o de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a la que se encuentre afiliado tu exempleador. Allí, debes entregar esta documentación:
- Cédula de identidad.
- Formulario de solicitud de Subsidio de Cesantía. Está disponible en oficinas de Chile Atiende o en la Caja de Compensación correspondiente.
- Finiquito otorgado por el empleador. Puede ser, también: Copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
- Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o AFP, según corresponda.
- Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad (se deja una fotocopia en el expediente, ya que la revisión mensual la hace el IPS).