La Asignación Familiar es un beneficio dirigido a familias que tengan a su cuidado a menores de 18 años, por quienes entrega hasta $21.243 mensuales, o personas con disparidad, caso en el que el monto se duplica ($40.656). Este es el nuevo valor luego que su aumento se convirtiera en ley el pasado 10 de julio junto al del Subsidio Único Familiar y la reactivación del Bolsillo Familiar Electrónico.
Este valor dependerá de los ingresos del hogar, siendo pagado por distintas entidades dependiendo de si trabajas de forma dependiente, independiente, estés cesante o seas pensionado.
¿Cómo inscribir a mis hijos para recibir la Asignación Familiar?
En caso de que tengas a tu cuidado a menores de 18 años o personas con discapacidad, y quieras comenzar a recibir este bono, lo primero que debes hacer es inscribirlos como cargas. Para ello, sigue estos pasos:
- Dirígete al sitio web del IPS.
- Escribe tu RUT y presiona “Ingresar”.
- Presiona “Reconocimiento de Cargas para Asignación Familiar y Maternal”.
- Completa la solicitud con los documentos necesarios.
También puedes hacer el trámite dirigiéndote directamente en oficinas de ChileAtiende o mediante videollamada en la Sucursal Virtual.
¿Qué documentos necesito para solicitar la Asignación Familiar?
Para poder completar la inscripción de cargas, deberás tener algunos documentos, según corresponda, para acreditar todo correctamente, los que te dejaremos a continuación:
- Hijos, hijos adoptados e hijastros inválidos de cualquier edad, o ascendientes (sin límite de edad): certificado de discapacidad de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Hijos, hijos adoptados o hijastros entre 18 y 24 años (si están estudiando): certificado de estudio emitido por una institución de educación superior reconocida por el Estado (debe especificar si los estudios son semestrales o anuales).
- Nietos y bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años): informe social elaborado por un o una asistencia social.
- Nietos y bisnietos inválidos (sin límite de edad): certificado de discapacidad de la COMPIN e informe social emitido por un o una asistencia social.
- Nietos y bisnietos huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (entre 18 y 24 años si están estudiando): certificado de estudio emitido por una institución de educación superior reconocida por el Estado (debe especificar si los estudios son semestrales o anuales) e informe social emitido por un o una asistencia social.
- Niños huérfanos o abandonados, menores de 18 años, que estén al cuidado de una institución o persona natural: resolución u oficio del tribunal de familia que acredite una medida de protección dispuesta por sentencia judicial. Si tienen entre 18 y 24 años y están estudiando, debes presentar el certificado de estudio emitido por una institución de educación superior reconocida por el Estado (especificar si los estudios son semestrales o anuales).
- Trabajadoras embarazadas o cónyuge embarazada: certificado validado por la COMPIN, emitido por un médico o matrona del Servicio de Salud, que indique fecha probable de gestación y parto.