Entre los diferentes aportes económicos que son entregados por el Estado destaca la Pensión de Viudez, ayuda destina a adultos mayores que fueron cónyuges de imponentes o pensionados fallecidos del antiguo Sistema de Reparto.
El pago, que debe ser solicitado ante el Instituto de Previsión Social (IPS), va desde los $69.748 hasta los $104.042. Este equivale al 50% o 60% de la pensión base.
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¿Cuáles son los requisitos para cobrar la Pensión de viudez?
- Haber contraido matrimonio: al menos seis meses antes de la fecha de fallecimiento del imponente o pensionado de invalidez parcial o al menos tres años antes, en caso de pensionados de vejez o invalidez absoluta. (Los plazos no aplican si existen hijos menores de edad, la viuda quedó embarazada o el imponente falleció por accidente común).
- Tener registradas al menos 401 o más semanas de cotizaciones (la o el cónyuge imponente fallecido).
- Que la causa de fallecimiento del cónyuge no genere una pensión por accidente del trabajo o enfermedad profesional.
Otros requisitos si el cónyuge es hombre
- Haber sido declarado con invalidez por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Haber vivido a expensas de la cónyuge.
Para postular y consultar mayores detalles, debes ingresar a la web del IPS, sección Pensión de Viudez.