El Ministerio de Desarrollo Social y Familia, junto con el Instituto de Previsión Social (IPS), entregan un beneficio económico de $32.991 a las personas que se hagan cargo del cuidado de adultos mayores que se encuentren con dependencia severa. Este apoyo es conocido como el Bono Cuidado Adulto Mayor.
Es importante señalar que, este aporte monetario no se considera renta y no está sujeto a impuestos, lo que significa que aquellos que son beneficiarios de esta ayuda pueden recibir cualquier otro bono o subsidio que no tenga el mismo propósito.
¿Qué cuidadores pueden acceder al Bono Cuidado Adulto Mayor?
Las personas que estén interesadas acceder a este beneficio, el individuo con dependencia (el causante) debe cumplir con los siguientes criterios simultáneamente:
- Debe estar registrado en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del centro de atención primaria correspondiente a su lugar de residencia (ya sea un CESFAM, CECOF, posta rural u otro establecimiento similar).
- Debe contar con un cuidador o cuidadora que no reciba compensación económica por sus labores.
- No puede estar internado en un centro de atención de larga estadía para adultos mayores ni en otra institución similar destinada al cuidado prolongado de personas de menor edad.
¿Cómo pueden acceder los cuidadores a este beneficio?
Cabe señalar que, quienes deseen obtener esta bonificación, deben tener en cuenta que no pueden postular de manera independiente. Descubre cómo lo puedes hacer:
Postulación y especificaciones |
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El equipo médico del centro de salud del adulto mayor se encarga de gestionar la solicitud del beneficio. |
No es necesario que el beneficiario realice la postulación, ya que es el equipo médico quien lo hace en su nombre. |
Si el cuidador atiende a más de un adulto mayor, recibirá el monto correspondiente por cada persona a su cargo. |