El Instituto de Previsión Social (IPS) hace entrega de una serie de ayudas para las familias que más lo necesitan con el objetivo de mejorar su situación económica, y una de estas es la Asignación Familiar.
A través de este beneficio se pueden recibir pagos mensuales con un monto que alcanza los $20.328 por cada carga acreditada, pero que puede variar en base a tus ingresos mensuales.
¿Quiénes pueden recibir la Asignación Familiar?
Este beneficio mensual lo pueden recibir las personas cuyas cargas familiares estén acreditadas y cumplan con una de estas de estas condiciones establecidas por el IPS:
- Trabajador o trabajadora dependiente del sector público y privado.
- Trabajadora o trabajador independiente afiliado a un régimen previsional a partir del 1 de enero de 1974.
- Trabajadora o trabajador independiente que no cotiza en el sistema de AFP y tiene una o más cargas acreditadas ante el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Persona beneficiaria del Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (monto de dinero que reemplaza la remuneración durante la licencia médica).
- Pensionado o pensionada de cualquier régimen (AFP, IPS, Capredena, Dipreca, entre otros).
- Pensionado o pensionada de viudez, y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Persona natural con niños y/o niñas a cargo por resolución judicial.
- Trabajador o trabajadora con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesante recibe Asignación Familiar.
- Persona beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- También recibirán la Asignación Familiar las instituciones acreditadas por el Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
¿Cómo acceder a este beneficio del IPS?
Para poder recibir la Asignación Familiar solo tienes que acreditar tus cargas en una caja de compensación, AFP, o en el mismo Instituto de Previsión Social (IPS), presentando esta documentación:
- Cédula de identidad vigente de la persona beneficiaria.
- Certificado de alumno/a regular, en casos de estudiantes que tengan más de 18 y menos de 24 años.
- Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), si es que posees cargas que tengan discapacidad.
- Informe social fundado sobre la condición de abandono en el caso de cargas que hayan sido abandonadas previamente.
- Sentencia judicial dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento de la niña, niño o adolescente en que conste la sub-inscripción de dicha sentencia (para situaciones donde las cargas sean menores al cuidado de tutores/as que accedan al beneficio).
Con esto listo podrás comenzar a obtener el dinero, cuyos montos dependerán en base a tus ingresos, quedando de esta forma:
Ingreso mensual | Monto a recibir |
---|---|
Hasta $539.328 | $20.328 |
Entre $539.329 y $787.746 | $12.475 |
Desde $787.747 hasta $1.228.614 | $3.942 |
$1.228.615 o más | No tiene derecho al subsidio, pero sí a otras prestaciones y beneficios. |