Perder el empleo en tiempos de hoy supone transitar un período de emergencia que no le gusta a nadie, pero que puede ser auxiliado por un beneficio estatal llamado Seguro de Cesantía, canalizado a través de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFP).
Este es un fondo del que puedes disponer una vez estés cesante, resultado de la retención del 3% de las remuneraciones imponibles del trabajador o de la trabajadora. Acceder a la totalidad de ese monto acumulado depende del cumplimiento de dos únicos requisitos.
¿Cómo puedo acceder al fondo total de mi Seguro de Cesantía?
Hay solamente dos casos por los que puedes acceder a la totalidad de lo acumulado en la AFC. Estos son:
- Cuando el afiliado a la AFC se encuentra pensionado.
- Cuando el afiliado a la AFC fallece.
En caso contrario, dispondrás de los fondos en cuotas, bajo este mecanismo:
- Primer mes: 70%
- Segundo mes: 60%
- Tercer mes: 45%
- Cuarto mes: 40%
- Quinto mes: 35%
¿Cómo saber cuánto dinero tengo acumulado en la AFC?
Tienes que ingresar a la sucursal virtual de la AFC y digitar tu RUT y Clave Única, o contraseña de AFC.
Allí, verás reflejado el saldo de lo acumulado hasta ahora en la Cuenta Individual de Cesantía. Además, tienes la oportunidad de simular o ejecutar el cobro de este seguro, con las condiciones ya explicadas.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el cobro?
Condiciones requeridas: |
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Estar cesante y cumplir con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo. |
Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas (al menos 10 mensuales en caso de haber tenido contrato indefinido; o al menos 5 mensuales si tenía contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio). |
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Estas pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores. |