Con la llegada de marzo, conductores de todo el país comienzan a preocuparse de diferentes trámites que deben realizar para poder utilizar sus vehículos, como el pago del Permiso de Circulación o la Revisión Técnica.
Además, a esto se suma que dentro de poco comenzará a aplicarse la restricción vehicular, la cual busca disminuir los niveles de contaminación en la Región Metropolitana durante el invierno.
Sin embargo, a diferencia de lo que muchas personas pueden creer, esta medida no comienza desde el mes de marzo, y si eres dueño de un vehículo en la capital, debes saber cuándo inicia oficialmente.
¿Cuándo comienza la restricción vehicular?
Desde el Ministerio de Transportes aún no han anunciado la fecha oficial en la que comenzará a regir esta medida, sin embargo, en base a años anteriores, esta iniciaría el primer día hábil de mayo, es decir, el jueves 2 de mayo.
Si el calendario es como el de 2023, la restricción se extendería hasta el último día hábil de agosto, es decir, hasta el viernes 30. Esta se aplica de lunes a viernes, entre las 7:30 y 21:00 horas.
¿Qué vehículos deben cumplir la medida?
Durante el tiempo en el que esté la restricción vehicular, los vehículos que no podrán circular diariamente dependerán del último digito de su patente. Aquellos que deberán cumplir la medida son los siguientes:
- Vehículos catalíticos, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011.
- Vehículos no catalíticos, sin sello verde.
- Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010.
- Motos con año de fabricación anterior a 2002.
- Buses de pasajeros sin sello verde.
- Transporte de carga sin sello verde.