¿Cómo solicitar el bono que te paga más de $90 mil durante el resto de tu vida?

Se llama Bono Post Laboral y está dirigido a trabajadores públicos que cumplen con estos antecedentes requeridos.

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Un total de $90.877 es el monto vigente para el Bono Post Laboral, dirigido a pensionados y jubilados que trabajaron en alguna de las instituciones pertenecientes al sector público.

Este es un aporte monetario estatal regulado por la Ley N° 20.305 que establece su pago mensual y de por vida. Su aprobación dependerá del cumplimiento de varios requisitos.

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Aunque el valor fijado supera los $90 mil en la actualidad, se espera que este sea reajustado en los próximos días por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

¿Dónde y cómo puedo solicitar el Bono Post Laboral?

La solicitud del Bono Post Laboral ante la jefatura del lugar donde trabajaste, la cual debe corresponder a una de las instituciones públicas que conforman una lista específica ya definida.

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Ten en cuenta que existe un plazo para acudir a esta instancia y pedir el bono. Luego de haber cumplido la edad legal para pensionarte, el tiempo no puede ser mayor a un año.

¿Quiénes pueden optar por este beneficio del Estado?

Quienes trabajaron en:

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  • Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.

¿Qué requisitos debo cumplir para pedir el Bono Post Laboral?

La aprobación del Bono Post Laboral dependerá del cumplimiento de estos requisitos:

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65, en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas en la lista.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

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