El Subsidio Único Familiar (SUF) es una ayuda económica destinada a familias que no pueden cubrir completamente la manutención de sus cargas.
Para ampliar su alcance, se estableció el Subsidio Familiar Automático, que, al igual que el SUF, otorga pagos mensuales de $20 mil por cada beneficiario.
Sin embargo, si el hijo tiene una discapacidad certificada, la cantidad aumenta a $40.656. Esta iniciativa del Instituto de Previsión Social (IPS) presenta una pequeña modificación en los requisitos, lo que facilita el acceso para más personas sin necesidad de postulación.
¿Cómo se recibe el pago del Subsidio Familiar Automático?
Una vez que resultas beneficiario del Subsidio Familiar Automático, los pagos pueden realizarse de las siguientes maneras:
- Pago presencial: En centros de pago de la Caja de Compensación Los Héroes disponibles en la comuna.
- Banco Estado: En casos donde no haya Caja de Compensación Los Héroes, el pago se realizará en sucursales de Banco Estado.
- Puntos de Pago Rural: Si no hay Caja de Compensación Los Héroes ni sucursales de Banco Estado, el pago se realizará a través de Puntos de Pago Rural.
- Depósito en cuenta bancaria: Para personas que reciben otros apoyos del Estado con depósito en cuentas bancarias, el IPS depositará el Subsidio Familiar Automático en la misma cuenta.
Requisitos para el Subsidio Familiar Automático
El Subsidio comparte los requisitos del SUF tradicional, pero con la única diferencia en que se otorga de manera automática sin necesidad de hacer una postulación.
Está dirigido al 40% más vulnerable de la población, y los causantes deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Edad: Ser menor de 18 años.
- Participación en programas de salud: Niños y niñas hasta los ocho años deben participar en los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
- Estudiantes regulares: Niños y niñas mayores de seis años deben acreditar que son estudiantes regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
- Ingresos: No tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
- Calificación Socioeconómica: Pertenecer al 40% más vulnerable de acuerdo con la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.
- Otros beneficios: No contar con reconocimiento en Asignación Familiar o Subsidio Familiar, ni recibir el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.