La Operación Renta es un proceso que se realiza todos los años para que tanto las personas como las empresas puedan declaras sus rentas. De esta forma y dependiendo de lo que se declare, se podrá acceder a la devolución de impuestos que realiza el Servicio de Impuestos Internos (SII) o su pago.
Es una obligación declarar la renta tributaria ya que de esta manera se informa todos los movimientos operacionales que generaron gastos, ingresos, impuestos, obligaciones previsionales, entre otras actividades contables que disponga la Ley.
La Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el Decreto Ley N° 824, de 1974, establece los distintos impuestos sobre los ingresos o utilidades de las empresas y de las personas naturales en nuestro país. Esta Ley es de gran importancia, debido a su impacto recaudatorio.
¿Cuándo se realiza este trámite?
Pese a que el SII todavía no confirma la fecha exacta para realizar el documento, como todos los años se estima que comience en abril y el proceso termine en mayo. Como referencia, en 2023 el proceso se realizó entre el 1 de abril y el 10 de mayo.
¿Quiénes deben hacer la operación de renta?
De acuerdo a la Ley, debes hacer el tramite si:
- Tuviste un ingreso anual superior a los $9.907.434, Salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagado.
- Tuviste más de un empleador o pagador.
- Trabajaste a honorarios y quieres optar a la cobertura total o parcial para tus cotizaciones previsionales.
- Realizaste el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en tu AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienes un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
- Solicitaste el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).
- Quieres acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.
- Si prepagaste el monto total del Préstamo Solidario que solicitaste en 2020 y/o 2021, debes realizar tu declaración de Renta si tuviste retenciones adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.
- En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de Renta.