La asignación mensual y vitalicia del Bono Post Laboral asciende a $90,877, siendo un aporte económico proporcionado por el gobierno para aquellos que hayan trabajado en el sector público.
La Ley N° 20.305 regula esta bonificación, estableciendo que su monto debe ajustarse anualmente de acuerdo con las variaciones en el Índice de Precios al Consumidor.
Para poder acceder y recibir este beneficio, es imperativo cumplir con una serie de condiciones, siendo la más destacada la experiencia laboral en alguna de las entidades gubernamentales detalladas a continuación.
Así puedes solicitar el Bono Post Laboral
Aquellos empleados interesados en recibir este beneficio deben completar el procedimiento dentro de los 12 meses posteriores al alcanzar la edad legal de jubilación.
Posteriormente, deben dirigirse a la máxima autoridad del servicio u organismo en el que estén empleados. Por último, la Superintendencia de Pensiones calculará la tasa de reemplazo a petición del empleador de la funcionaria o funcionario.

Estas son las personas que pueden acceder al Bono Post Laboral
Aquellos interesados, deben tener en cuenta que tiene que cumplir con los siguiente requerimientos establecidos previamente a la solicitud:
- Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65, en el de los hombres.
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas en la lista.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

Revisa las instituciones que son consideradas para este beneficio
Aquellos empleados que busquen determinar su pueden obtener este aporte, tienen que estar vinculados a alguna de las siguientes instituciones:
- Gobiernos centrales, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades estatales.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).
- Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec).
- Corporación Nacional Forestal (Conaf).