El Subsidio Familiar, también conocido como SUF, es un aporte monetario mensual dirigido a personas o familias que tengan a su cargo menores de edad o individuos con algún tipo de discapacidad, entregándose a partir de diciembre de 2023 de manera automática a quienes cumplan ciertos requisitos.
Otorga $20.328 por cada carga, o el doble ($40.656) si el o la causante está en situación de invalidez. Estas pueden acceder además a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas de manera gratuita.
Este beneficio es incompatible con la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y la Pensión Garantizada Universal (PGU), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez, así como también con el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.
Conoce con tu RUT cuándo recibirás el Subsidio Familiar en enero
Para saber si tú o tu familia reciben de forma automática el Subsidio Familiar, así como también la forma y fecha en la que podrás cobrarlo, deberás seguir estos pasos:
- Entra a Subsidio Familiar Automático.
- Escribe tu RUT y fecha de nacimiento.
- Pulsa “Consultar”.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Subsidio Familiar automáticamente?
A partir del 19 de diciembre de 2023, el Subsidio Familiar comenzó a entregarse de forma automática a personas o familias pertenecientes al 40% más vulnerable de la población que tengan causantes que vivan a sus expensas que formen parte de alguno de estos dos grupos:
- Menores de edad:
- Ser menor de 18 años.
- Niños y niñas menores de ocho años deben formar parte de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
- Niños y niñas mayores de seis años se debe acreditar que son alumnos/as regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
- No tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
- Personas con discapacidad intelectual o física:
- Considera a personas de todas las edades.
- No ser beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.