Las personas que sean empleadas en el sector público tienen acceso a un apoyo estatal conocido como Bono Post Laboral, el cual proporciona un respaldo financiero mensual.
Esta bonificación ofrece un total de $90.877 y puede ser solicitado por aquellos interesados a través de su respectiva institución u organismo laboral.
Es esencial destacar que este bono no está sujeto a impuestos, tampoco constituye una compensación monetaria o ingreso tributable. Además, se concede de forma vitalicia a todos los beneficiarios.
Respecto al monto asignado a los beneficiarios, este es determinado por la Superintendencia de Pensiones a solicitud del empleador, calculadas en la tasa de reemplazo correspondiente al funcionario o funcionaria.
Estos son los funcionarios que pueden optar al Bono Post Laboral
Este aporte económico que está dirigido a los funcionarios públicos cotizantes de alguna AFP que formen parte de las siguientes instituciones del Estado:
- Gobiernos centrales, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades estatales.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).
- Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec).
- Corporación Nacional Forestal (Conaf).
Estos son los requisitos que tiene el Bono Post Laboral
Quienes estén interesados en solicitar esta ayuda monetaria, tienen que cumplir con los siguientes requerimientos previamente a la solicitud de este:
- Estar afiliado al sistema de AFP.
- Si eres mujer debes tener 60 años o más.
- Si eres hombre debes tener 65 años o más.
- Tener más de 20 años de servicio, continuo o discontinuo.
- Ser funcionario de planta, contrata o por código del trabajo.
- Haber sido funcionario de una de las institución del Estado mencionada antes del 1 de mayo de 1981 y tener al menos una imposición en el sistema antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo igual o inferior al 55%.
- Finalizar el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.
De esta forma puedes postular al Bono Post Laboral
Aquellos trabajadores y trabajadoras que deseen optar a este beneficio económico, tienen que hacer el trámite durante los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión.
Cuando se realice la diligencia, se debe ir a la jefatura superior del servicio u organismo donde desempeñe funciones. Por último, la Superintendencia de Pensiones tiene que calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador de la funcionaria o funcionario.