El Congreso Nacional aprobó un proyecto de ley presentado por el Gobierno en materia habitacional, que consiste en la devolución de hasta un millón de pesos anuales por la compra de una vivienda.
Este subsidio funcionará bajo la figura de crédito tributario reembolsable, que implica la devolución de hasta 16 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) entre el 2024 y el 2029. Eso quiere decir que el beneficiario o la beneficiaria puede recibir hasta $5 millones totales a través del programa.
Para cobrar ese reembolso, hay que cumplir con una serie de requisitos, donde el principal antecedente es haber concretado la compra de una casa o un departamento, independientemente de si se trata o no de la primera vivienda del grupo familiar.
“La economía ya ha ido completando el ajuste que tenía que experimentar, comienza a reactivarse, pero el sector de la construcción se está incorporando con rezago debido a que ha sido golpeado por varios factores simultáneos: acceso al crédito, acceso al financiamiento, costos de materiales y otros factores”, dijo el ministro de Hacienda, Mario Marcel, en octubre pasado.
Fue entonces cuando presentaron el proyecto de ley (ahora aprobado) como medida para contener el déficit habitacional. La finalidad de este reembolso es impulsar la venta de la gran oferta acumulada en los últimos años en Chile.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar este subsidio habitacional?
Estos son los antecedentes requeridos según la aprobada Ley 21.631:
- Que la vivienda adquirida se encuentre construida y con recepción final conforme a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, y se trate de la primera venta efectuada sobre ella.
- También podrán acceder al beneficio aquellas viviendas que no cuenten con recepción final conforme en dicha fecha, siempre que respecto de ellas exista un contrato de promesa de compraventa que conste en escritura pública o documento protocolizado suscrito con fecha posterior al 16 de octubre de 2023.
- Que la compraventa se celebre a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley y la vivienda adquirida se encuentre inscrita a nombre de la persona beneficiaria en el Conservador de Bienes Raíces respectivo antes del 1 de octubre de 2024.
- Si se trata de la compra de una vivienda efectuada por un beneficiario de un subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), solo será necesario que la respectiva escritura de compraventa se haya suscrito entre la entrada en vigencia de la presente ley y la fecha antes mencionada.
¿Cuándo entra en vigencia el reembolso?
La ley ya fue publicada en el Diario Oficial y aplica para la adquisición de viviendas entre el mes siguiente a la publicación y el último día de septiembre del 2024.
Entonces, será el 1 de diciembre que entre en vigencia el reembolso habitacional, según informó el mismo Ministerio de Hacienda.