Subsidio Familiar: Así puedes extender por tres años este aporte que entrega $20 mil al mes

Este aporte permite además acceder a prestaciones médicas y odontológicas totalmente gratis.

Subsidio Familiar. Solo con tu RUT puedes saber si lo recibes. (MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATONCHILE)

El Subsidio Familiar, también conocido como SUF, es un aporte monetario mensual que se recibe durante tres años por cada carga familiar que la persona o familia posea.

Por cada causante se recibe $20.382, o el doble si este posee algún tipo de discapacidad ($40.656), lo que significa por ejemplo si hay cuatro en el hogar, se podrá cobrar $81.528.

Está dirigido a quienes pertenezcan al 60% más vulnerable de la población que no puedan mantener por sí mismos (o en conjunto a su grupo familiar) a sus cargas, quienes además pueden acceder a prestaciones médicas y odontológicas totalmente gratis.

¿Cómo extender el Subsidio Familiar?

Una vez finalice el plazo de tres años del Subsidio Familiar, es posible extenderlo si aún se cumple con los requisitos del aporte. Para ello, tendrás que dirigirte a tu municipalidad con los mismos documentos que llevaste a la hora de postular. Si bien estos varían según cada institución, los más comunes son:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano al día, en el caso de los menores a 6 años.
  • Certificado de alumno regular para los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

De igual manera, algunas municipalidades realizan este trámite a través de internet, por lo que si quieres consultar si es así en la tuya, consulta a través de las redes sociales o medios de comunicación correspondientes.

Conoce quiénes son considerados cargas familiares para el Subsidio Familiar.
Conoce quiénes son considerados cargas familiares para el Subsidio Familiar.

¿Por quiénes se paga el Subsidio Familiar?

El Subsidio Familiar se paga por cada carga que la persona o familia posea. Son consideradas como tal aquellos y aquellas que vivan a expensas del o la beneficiaria que formen parte de alguno de estos grupos:

  • Menores de hasta 8 años que participen en los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
  • Menores de hasta 18 años que no tengan una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Desde los 6 años en adelante se debe acreditar además que son alumnos regulares de en enseñanza básica, media o superior u otros equivalentes en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueran personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
  • Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales reciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
  • La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal).

Revisa con tu RUT si recibes el Subsidio Familiar

En caso de que hayas postulado y quieras saber si eres beneficiaria o beneficiario del aporte, podrás hacerlo gracias a Chile Atiende y el IPS, siguiendo estos sencillos pasos:

Automáticamente se te indicará si existe algún pago asociado a tu RUT, así como también la fecha en la que podrás cobrar el Subsidio Familiar y el método en el que deberás hacerlo.

¿En qué casos se puede perder el Subsidio Familiar?

Existe una serie de casos en los que la persona o familia puede perder el beneficio, además de dejar de cumplir los requisitos o que hayan pasado los tres años que este dura. Estos son:

  • No cobro durante seis meses continuos.
  • Al optar por otro beneficio.
  • Cuando el beneficiario no proporcione los antecedentes relativos al beneficio, que le requiera el alcalde o la entidad pagadora del mismo. Si se da la causal de extinción, el beneficiario debe comunicarla a la municipalidad respectiva, dentro de los 30 días siguientes y se debe abstener de cobrarlo. Extinguido el derecho, el alcalde mediante resolución fundada, dispondrá la cancelación de la inscripción en el registro y lo comunicará al IPS para que este no continúe pagando el beneficio.
  • Por fallecimiento del causante o beneficiario. El fallecimiento del beneficiario produce la extinción del Subsidio Familiar de todos sus causantes. En tal caso, procede que la municipalidad realice las gestiones necesarias a objeto de hacer postular de inmediato a los causantes con la persona que los haya tomado a su cargo.