Revisa el monto que entrega el Subsidio Único Familiar por causante

Todas aquellas personas que cumplan con los requisitos y quieran postular deben hacerlo exclusivamente de forma presencial.

Subsidio Único Familiar. Revisa cuál es el monto que entrega este aporte a los beneficiarios. (RAMON MONROY/ATONCHILE/RAMON MONROY/ATONCHILE)

Desde el Estado, existen una serie de beneficios para los grupos familiares que formen parte del 60% de la población más vulnerable en base a los índices del Registro Social de Hogares (RSH). Entre todos los aportes económicos se encuentra el Subsidio Único Familiar (SUF).

La finalidad que tiene esta ayuda monetaria estatal, es ayudar al bolsillo de los hogares, donde los principales responsables del sustento de la familia, como madres, padres o tutores no tengan previsión social y se les dificulte dar los recursos para solventar las necesidades de sus cargas familiares.

Aquellas personas beneficiarias de este subsidio, junto con la bonificación, podrán acceder a prestaciones médicas, tanto preventivas como curativas, y odontológicas de manera gratuita.

Cabe destacar que, este aporte se debe solicitar exclusivamente de forma presencial, por lo que para hacer la postulación las personas deben dirigirse al municipio correspondiente a su domicilio con una serie de documentos requeridos.

¿Qué monto entrega este aporte?

Es importante señalar que desde mayo de 2023, el Subsidio Único Familiar incrementó el monto que le entrega a los beneficiarios a $20.328.

Sin embargo, si uno de los causantes tiene alguna discapacidad mental o invalidez de cualquier edad, este aumenta a $40.656.

Conoce cuáles son los requisitos de este aporte económico. Créditos:
Conoce cuáles son los requisitos de este aporte económico. Créditos:

¿Cuáles son los requisitos del SUF?

Las personas interesadas en solicitar este beneficio deben cumplir con los siguientes requerimientos previamente a la solicitud:

  • Dirigido a menores de hasta 18 años de edad, que vivan a expensas de la persona que los invoca como beneficiario. No deben percibir ingresos iguales o superiores al monto del subsidio y deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años. Por las niñas y niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes.
  • Personas con discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600 o cualquier tipo de discapacidad, sin límite de edad, acreditando dicha condición con la declaración del Compín.
  • La familia debe pertenecer al 60% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH)
  • Deben haber solicitado por escrito el beneficio en la municipalidad que corresponda al domicilio.
  • La persona solicitante no debe estar en situación de proveer, por sí sola o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante.
  • El beneficiario no debe recibir otras ayudas del Estado como la Asignación Familiar, Asignación Maternal, Subsidio Maternal, Pensión Garantizada Universal (PGU) y el Subsidio de Discapacidad Mental.