La Asignación por Muerte es un beneficio del Estado, que tiene como finalidad ayudar con el pago respectivo a los gastos de una persona fallecida.
El monto consiste en $889.533, equivalente a tres ingresos mínimos mensuales para fines no remuneracionales vigentes a la fecha del fallecimiento.
No obstante, para poder postular a este aporte, la persona fallecida tiene que haberse pensionado en el sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario.
Asignación por Muerte: Conoce cómo puede recibir 890 mil
La Asignación por Muerte la puede solicitar toda persona natural o jurídica que haya pagado los gastos funerarios del beneficiario que falleció, pero para recibirla el causante debe haber cumplido con los siguientes requisitos:
- No debe registrar afiliación del Decreto Ley (DL) N° 3.500 a la fecha de la muerte.
- Haya sido beneficiario o beneficiaria de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), es decir, obtuvo la pensión antes del 1 de febrero de 2022, fecha en que entró en vigencia la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- Haya tenido, al menos, una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los últimos seis meses anteriores a su fallecimiento.
- Haya sido beneficiario o beneficiaria de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
- Haya sido beneficiario o beneficiaria de un Subsidio de Incapacidad Laboral, SIL, Subsidio de Cesantía, o Subsidio de Discapacidad.
- Haya sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales. En el caso de los pensionados o pensionadas de orfandad y convivencia, causarán el beneficio siempre que, además, hayan sido beneficiarios de Aporte Solidario a la fecha del fallecimiento.
¿Cómo se tramita la Asignación por Muerte?
El trámite para postular a la Asignación por Muerte se puede realizar de manera presencial o por vía remota.
En el caso de ser presencial:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una oficina de Chile Atiende.
- Explique el motivo de su visita: “Solicitar el pago por Asignación por Muerte”
- Entregue los antecedentes requeridos (obtendrá un comprobante de solicitud).
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la asignación.
En el caso de realizar el trámite de forma remota:
- Ingresando al sitio web de IPS en Línea.
- Selecciona si ingresas como persona o empresa (funeraria).
- Ingresa el RUT del solicitante y bajo la opción “Trámites confirma “asignación por muerte”.
- Escribe el RUT del causante (el sistema identifica si los datos son correctos).
- Inicia sesión con la Clave Única de la persona solicitante.
- Si cumple con los requisitos, completa los datos requeridos (de la empresa funeraria y del solicitante) y adjunta la documentación.
- Ingresa el RUT del representante de la empresa funeraria.
- Selecciona la empresa por la cual solicitará el beneficio (esto en el caso de que el representante legal represente a más de una funeraria).
- Presiona en “solicitud de Asignación por Muerte” e ingrese el RUT del causante.
- Si el RUT del causante ingresado cumple los requisitos, completa los datos requeridos y adjunte la documentación.
- Como resultado del trámite, habrás solicitado la Asignación por Muerte. En el mismo enlace, podrás consultar el estado de su solicitud.
¿Qué documentos necesito para postular a la Asignación por Muerte?
Para postular a la Asignación por Muerte usted debe reunir los siguientes documentos:
- Cédula de identidad.
- Un poder notarial en caso que un apoderado realice el trámite.
- Original y tercera copia timbrada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) o copia legalizada ante notario de la factura extendida por la empresa funeraria.
- Su Clave Única.
- En el caso de que hayan pasado más de 30 días desde el fallecimiento del beneficiario y si quien cobra la Asignación por Muerte es una persona natural, se debe contar con el Certificado de Sepultación que entrega el cementerio a cargo.