Consulta con tu RUT la fecha de pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias

El pago del aguinaldo para pensionados es dirigido por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Aguinaldo de Fiestas Patrias. Consulta con tu RUT la fecha de pago de este aporte económico. (SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE/SEBASTIAN CISTERNAS/ATON CHILE)

Las Fiestas Patrias cada vez están más cerca de comenzar y muchos ya preparan sus mejores recetas y panoramas para estos cuatro días de festejo.

Sin embargo, no son solo los días de descanso lo más anhelado, ya que el 18 de septiembre viene acompañado de un incentivo económico.

El aguinaldo de Fiestas Patrias corresponde a un aporte económico que pueden recibir trabajadores públicos, privados y pensionados.

Consulta con tu RUT la fecha de pago del aguinaldo de Fiestas Patrias

Chile Atiende habilitó una plataforma online para que las personas puedan conocer la fecha y forma de pago de todos sus beneficios del Estado.

Sin embargo, en ella solo podrán conocer el día exacto en que recibirán su aguinaldo el grupo correspondiente a la tercera edad. Para ello, pueden seguir estas instrucciones:

Cabe mencionar que los adultos mayores recibirán su pago del aguinaldo junto al monto de su pensión de septiembre.

En la plataforma de Chile Atiende los pensionados podrán conocer el día en que recibirán su aguinaldo de Fiestas Patrias.
En la plataforma de Chile Atiende los pensionados podrán conocer el día en que recibirán su aguinaldo de Fiestas Patrias.

¿A qué pensionados les corresponde aguinaldo de Fiestas Patrias?

Tal indica el Instituto de Previsión Social (IPS), reciben el beneficio los adultos mayores que al 31 de agosto de 2023 cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que además reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.