Bono Mujer Trabajadora: Conoce con tu RUT si puedes recibir los pagos de $40 mil

Las beneficiarias del Bono al Trabajo de la Mujer podrán recibir sus pagos por hasta cuatro años.

Bono al Trabajo de la Mujer. Conoce con tu RUT si puedes recibir los pagos de $40 mil. (MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE)

Con el fin de aumentar los ingresos formales de las trabajadores de entre 25 y 59 años de edad, el Estado creó el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).

Este beneficio estatal aporta de forma mensual con hasta $40.000, sin embargo, las beneficiarias también pueden optar al pago anual (hasta $570.000).

Si deseas postular a este bono, debes asegurarte de pertenecer al 40% más vulnerable de la población y cumplir con otros requisitos establecidos.

Conoce con tu RUT si puedes recibir los pagos del Bono al Trabajo de la Mujer

Para conocer de manera rápida si cumples los requisitos del BTM, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) habilitó una plataforma para ello.

  • Ingresa al validador de requisitos de Sence para el Bono Mujer Trabajadora.
  • Digita tu RUT o el de la persona a consultar.
  • Pinchar en “Validar”.

La plataforma indicará si el RUT ingresado cumple con los requisitos para acceder al Bono al Trabajo de la Mujer. En caso contrario, el sistema también detallará el motivo por el cual no podrás ser beneficiaria del BTM.

Solo con tu RUT podrás conocer si puedes ser beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer.
Solo con tu RUT podrás conocer si puedes ser beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer.

Conoce los requisitos del Bono al Trabajo de la Mujer

El BTM está destinado a mujeres trabajadoras que tengan entre 25 y 59 años y que cumplan con estos requisitos:

  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares
  • Tener una renta bruta mensual inferior a $606.537, o anual inferior a $7.278.446.
  • Tener las cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado.
  • En caso de ser trabajadora independiente, emitir boletas de honorarios y realizar Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos.