Fiestas Patrias: ¿Qué días son feriados irrenunciables y quiénes sí deben trabajar?

Conoce si debes trabajar durante las próximas Fiestas Patrias, esto dependiendo del lugar en el que labores.

Feriados irrenunciables. Conoce qué hacer si te hacen trabajar durante estos días de descanso. (ATON)

Se acercan rápidamente las Fiestas Patrias y los chilenos ya se están preparando con todo para recibir el cumpleaños del país con cueca, empanadas, volantines y más.

Ante esto, nace también la duda sobre cuáles son los días irrenunciables, esos en los que por ley no se deben trabajar, a menos que tu empleador o empleadora se quiera arriesgar a grandes multas.

Sin embargo, también existe un grupo de empleados que sí puede laborar durante estas fechas, quienes te detallaremos a continuación.

¿Qué días de Fiestas Patrias son feriados irrenunciables y quiénes sí deben trabajar?

Dentro de las Fiestas Patrias son dos los feriados irrenunciables donde los y las trabajadoras por ley no deben trabajar: el 18 y 19 de septiembre, gracias al artículo 2 de la ley 19.973.

Sin embargo, en el caso de que te emplees en alguno de los siguientes lugares, tu empleador sí podrá hacer que labores estos días:

  • Clubes
  • Restaurantes
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados• Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”)
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.

De todas formas, debes tener en cuenta que quienes trabajen en comercios excluidos del descanso en feriados irrenunciables tendrán derecho a esto año por medio, si se mantiene el mismo empleador.

¿Cómo denunciar si mi jefe me obliga a trabajar durante los feriados irrenunciables?

En caso de que no trabajes en ninguno de los lugares habilitados para hacerlo durante los feriados irrenunciables, es importante que denuncies a tu empleador en la Dirección del Trabajo.

Para esto, deberás llamar al teléfono 600 450 4000 entre las 09:00 y 14:00 horas o ingresar al sitio web de la institución a cualquier hora del día. También puedes acercarte directamente a alguna de sus oficinas disponibles en todo Chile.

Es importante que denuncies en caso de que te hagan trabajar durante feriados irrenunciables.
Es importante que denuncies en caso de que te hagan trabajar durante feriados irrenunciables.

¿Cuáles son las multas para quienes no respeten los feriados irrenunciables?

Aquellos empleadores que no respeten los feriados irrenunciables de sus trabajadores y trabajadoras, serán sancionados con una multa de 5 UTM (aproximadamente $300 mil) por cada empleado o empleada afectada.

En el caso de que sean más de 50, esta será aumentada a 10 UTM (alrededor de $600 mil) por cada perjudicado. Si se tiene contratados a 200 o más, subirá a 20 UTM (cerca de $1.200.000).