La Restricción Vehicular es una medida establecida por el Ministerio de Transportes que limita la circulación de patentes que posean ciertos dígitos, los que varían durante la semana.
Su objetivo es ayudar a disminuir la contaminación ambiental que aumenta a niveles peligrosos durante el invierno debido a, entre otros factores, el uso de calefacción a leña.
Pueden agregarse más números en caso de que se declare Alerta Ambiental, o incluso extenderse al fin de semana.
Conoce los vehículos que no pueden circular este jueves 31 de agosto
Para este jueves 31 de agosto, los vehículos que tengan sus patentes terminadas en los siguientes dígitos tendrán prohibida su circulación:
- Autos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: 8 y 9.
- Vehículos no catalíticos, sin sello verde: 6, 7, 8 y 9.
- Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010: 8 y 9.
- Motos con año de fabricación anterior a 2002: 6, 7, 8 y 9.
- Buses de pasajeros sin sello verde: 6, 7, 8 y 9.
- Transporte de carga sin sello verde: 6, 7, 8 y 9.
¿Cuáles son las multas por no respetar la restricción vehicular?
Según indica el Ministerio de Transportes, la multa por transitar durante la restricción vehicular teniendo alguna de las patentes prohibidas para hacerlo, varía entre 1 a 1,5 UTM (aproximadamente $63 mil y $95 mil respectivamente), aunque el monto final lo determina el juzgado de policía local correspondiente.
La fiscalización se realiza mediante el Programa Nacional de Fiscalización, el que cuenta con más de 400 cámaras programadas para detectar la placa de quienes estén incumpliendo la norma, además de las que se realizan en terreno.