Trabajadores del sector público conforman uno de los grupos prioritarios para la entrega de diferentes beneficios y/o ayudas estatales en todo el país. Uno de esos aportes es el Bono Post Laboral.
Este consta de la entrega mensual de $90.877, según lo establecido en la Ley N° 20.305. De hecho, dicho valor es rejustado de forma anual según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Para recibirlo, potenciales beneficiarios deben cumplir con una serie de requisitos. El principal antecedente, es haber trabajado en una de las reparticiones del Estado que integran una lista.
La solicitud debe hacerse dentro del año posterior al cumplimiento de la edad legal para pensionarse, en la jefatura superior del organismo público donde trabajaste.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Post Laboral?
- Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.
¿Quiénes pueden solicitar el Bono Post Laboral?
Funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP de estas reparticiones del Estado:
- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- FONADIS.
- SERCOTEC.
- CONAF.