Subsidio Único Familiar: Revisa cómo postular a los pagos del SUF

El Subsidio Familiar no es compatible con la Pensión Garantizada Universal ni la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.

Subsidio Único Familiar. Conoce cómo postular a los pagos del SUF. (JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE/JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE)

El Subsidio Único Familiar (SUF) o también conocido como Subsidio Familiar, es un beneficio que implementó el Estado para las familias que pertenezcan al 60% más vulnerable de la población.

El monto que ofrece el SUF es de $20.328 por carga familiar. Sin embargo, el aporte que generan las personas con discapacidad es de $40.656.

Asimismo, las familias que resulten beneficiarias podrán recibir sus pagos mensuales por un periodo de tres años continuos.

Mientras se cumplan los requisitos, los pagos se entregarán por hasta tres años consecutivos.
Mientras se cumplan los requisitos, los pagos se entregarán por hasta tres años consecutivos.

Revisa cómo postular a los pagos del Subsidio Único Familiar

Para solicitar el aporte mensual del SUF debes continuar con los siguientes pasos:

  • Dirígete a la municipalidad correspondiente a tu domicilio.
  • Explica el motivo de tu visita: solicitar el Subsidio Familiar (SUF).
  • Entrega los certificados requeridos.
  • Como resultado del trámite, habrás solicitado el subsidio.

En relación a los certificados y documentos que debes presentar, estos son:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.