Para este año, el Gobierno anunció un Aporte Extraordinario al Bono de Invierno 2023, considerándose de esta forma un pago adicional de $60 mil para este mes.
Así, el Instituto de Previsión Social (IPS) ya comenzó el abono del mismo a los beneficiarios que cumplan con los requisitos, siendo el principal tener 65 años o más.
Desde la institución informaron que más de 150 mil personas ya recibieron el subsidio, por lo que es importante que revises si eres parte de estas.
Consulta con tu RUT la fecha de pago del Aporte Extraordinario de $60 mil
Podrás consultar la fecha y forma de pago del Bono de Invierno 2023 ingresando al sitio web de Mi Chile Atiende.
Allí, bastará con que ingreses tu RUT y presiones “Consultar” para que revises la información. Si recibes algún otro aporte del IPS, también podrás ver los datos de estos al mismo tiempo.
Otro método para conocer el día en que cobrarás el subsidio es llamar al Call Center 101 de Chile Atiende, de lunes a viernes, entre las 8:00 a 18:00 horas.

Estos son los requisitos del Aporte Extraordinario
Pueden acceder a este Aporte Extraordinario las personas de 65 años o más, pensionados y pensionadas, que sean parte de alguno de estos grupos:
- Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Estas personas reciben el beneficio siempre que tengan una pensión inferior o igual $201.677.
- Personas pensionadas del sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
- Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
- Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
- Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una PGU, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).