El IFE Laboral es uno de los beneficios que entrega el Estado a personas que se encuentren actualmente empleados, específicamente a quienes hayan encontrado trabajo tras haber estado cesantes por lo menos un mes.
Quienes resulten o resultaron beneficiarios tenían la opción de recibir hasta tres pagos, dependiendo de la fecha en la que hayan realizado su postulación.
Si bien los requisitos exigidos por la ley son simples, existen algunas ocasiones en las que las y los trabajadores no podrán solicitar el beneficio. Conoce cuáles son estas.
¿Quiénes no pueden solicitar el IFE Laboral?
El IFE Laboral exige solo tres requisitos para ser parte de sus beneficiarios. Sin embargo, también existen algunas restricciones para aquellos que deseen postular.
De esta forma, no pueden postular al bono:
- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
- Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
- Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.
En la misma línea, sí pueden postular aquellos que:
- Tengan un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tengan una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres ingresos mínimos mensuales ($1.230.000)
- Hayan estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
¿Cómo postular al IFE Laboral?
En caso de que pertenezcas al grupo de personas que sí cumple con los requisitos para postular, deberás seguir estos pasos para hacer tu postulación:
- Ingresa a la página web del Sence.
- Presiona en “Postular” y digita tu Clave Única.
- Rellena la información requerida.
- Sube tu contrato de trabajo digitalizado en alguno de estos formatos: JPG, JPEG, GIF, DOC, DOCX, PDF, EPUB o PNG.
Recuerda que junio es tu última oportunidad para solicitar el beneficio que entrega entre $100 y $300 mil a sus beneficiarios.