¿Cómo activar y desactivar el Bolsillo Familiar Electrónico?

Este aporte ya se pagó dos veces y sustituye al Bono Canasta Básica, abonado hasta abril pasado.

Bolsillo Familiar Electrónico. El monto mensual es de $13.500 por carga familiar. Créditos: En La Hora (En La Hora)

Desde mayo pasado se pada el Bolsillo Familiar Electrónico, un aporte depositado en la Cuenta RUT de cada beneficiario, como sustituto del extinto Bono Canasta Básica.

Este beneficio forma parte del Plan de Seguridad Económica del Gobierno y no se puede postular. Eso quiere decir que es adjudicado de forma automática a quienes cumplen con los requisitos.

Consta de un monto mensual de $13.500 por carga familiar, que no pueden ser extraídos en efectivo, sino que figuran como un saldo separado en la Cuenta RUT. Este dinero electrónico solo puede usarse para la compra de alimentos.

Además, beneficiarios pueden configurar si activarlo o no; así como la posibilidad de destinar solo el 20% de ese saldo para cada compra, o su totalidad para una única cuenta a pagar en un supermercado, panadería o almacén.

¿Se puede activar y desactivar el Bolsillo Familiar Electrónico?

Sí. En la aplicación móvil de Banco Estado o en la página web, dentro de tu cuenta, verás activado automáticamente el Bolsillo Familiar Electrónico. Sin embargo, también puedes desactivarlo.

Si lo dejas en la opción “desactivado”, significará que todas las compras que pagues con tu Cuenta RUT se debitarán de esa cuenta y no del saldo del Bolsillo Familiar Electrónico.

Si lo dejas en “activado”, podrás destinar su totalidad a una compra o configurar que solo sea descontado el 20% en cada una.

El aporte está destinado a la compra de alimentos. Créditos: ATON
El aporte está destinado a la compra de alimentos. Créditos: ATON

¿Quiénes reciben el Bolsillo Familiar Electrónico?

Ten en cuenta que este beneficio lo reciben estas personas:

  • Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
  • Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y las familias, pertenecientes al subsistema Chile Solidario, tales como:
  • Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la Ley Nº 20.422. Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación. Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial, reconocido por el Ministerio de Educación. Estudiante de 18 años a 24 años con 11 meses. Menores de 18 años de edad.