Bono Post Laboral: Consulta acá si tienes derecho al beneficio de $90 mil mensuales

El beneficio está destinado a funcionarios públicos cotizantes de alguna AFP que formen parte de ciertas reparticiones del Estado.

Bono Post Laboral Revisa los requisitos para recibir el Bono Post Laboral. Créditos: Pinterest (Pinterest)

Trabajadores que pertenecen al sector público tienen la posibilidad de recibir un beneficio mensual llamado Bono Post Laboral. Este entrega hasta más de $90 mil a quienes cumplen con los requisitos.

Esta ayuda no es imponible, ni constituye indemnización o renta y se entrega de forma vitalicia a todos los beneficiados.

Tiene un monto que es reajustado de forma anual según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este valor puede ser de hata $90.877, según la Ley N° 20.305, tratándose de un aporte no postulable, aunque sí debe ser solicitado por cada potencial beneficiario en la institución u organismo en que se encontraba desempeñando sus labores.

Este monto se debe solicitar dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión, ante la jefatura superior del servicio u organismo donde desempeñas tus funciones.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono Post Laboral?

  • Estar afiliada o afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Quiénes pueden recibir el Bono Post Laboral?

Si bien el Bono Post Laboral es para funcionarios públicos, deben formar parte de las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobiernos centrales, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Universidades estatales.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis).
  • Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec).
  • Corporación Nacional Forestal (Conaf).