Subsidio Protege: ¿Cuál es la fecha de pago para mayo?

Este beneficio entrega $200 mil durante tres meses a las madres que tengan algún menor a 5 años a su cuidado, siempre y cuando su empleador no garantice derecho a sala cuna.

Subsidio Protege ¿Cuándo se paga en mayo? Créditos: Pexels.

El Subsidio Protege es un apoyo a madres que tengan a menores de 5 años a su cuidado y que su empleador no garantice derecho a sala cuna.

Su objetivo es ayudar a cuidarlos mediante la entrega de $200 mil durante tres meses, monto que debe ser utilizado únicamente en la niña o el niño.

Gracias a la Ley de Medidas de Seguridad Económica, las postulaciones a este aporte fueron extendidas durante todo el primer semestre de 2023, es decir, hasta junio. Si quieres solicitarlo este mes, tendrás plazo hasta el 20 de mayo para hacerlo.

¿Cuándo se paga en mayo el Subsidio Protege?

Para este mes, se fijó de manera oficial la fecha de pago del Subsidio Protege el 11 de mayo. Este día, recibirán el primer pago quienes hayan solicitado el bono en abril, el segundo de aquellos que postularon en marzo y el tercero de los que accedieron al aporte en febrero.

En caso de que hayas resultado beneficiaria y no has recibido tu pago, deberás revisar tu Expediente Electrónico en la página de Sence para ver el motivo de esto, para luego poner un reclamo en el Buzón Ciudadano.

Revisa la fecha de pago. Créditos: Pixabay.
Revisa la fecha de pago. Créditos: Pixabay.

¿Quiénes no pueden recibir el Subsidio Protege?

Hay ciertos grupos de personas que no pueden recibir este subsidio, estas corresponden a quienes:

  • Se encuentren con licencias prenatal, postnatal y postnatal parental.
  • Esten haciendo uso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año
  • Se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA.
  • En el caso de niños menores de dos años, estar contratadas por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
  • Sean funcionarias o funcionarios en instituciones del sector público.
  • Madres extranjeras que no cuenten con RUN definitivo.
  • Niños y niñas, extranjeros, que no estén inscritos en el Servicio de Registro Civil e Identificación. No son válidos los certificados de nacimiento emitidos del país de origen, aunque estén apostillados.