PGU: ¿Cuál es el nuevo requisito que beneficiará a más de 70 mil personas y desde cuándo entra en vigencia?

Después de la aprobación de la Ley Corta de la PGU, la cual modifica uno de los requisitos, más de 70 mil adultos mayores podrán optar a este beneficio gracias a este cambio. Revisa cuál es la reforma que se hizo y desde cuándo entra en vigencia

PGU Conoce cuál es la modificación que se hizo a uno de los requisitos de la PGU y desde cuándo entra en vigencia. Créditos: ATON.

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un aporte económico que está destinado a los adultos mayores de 65 años, pudiéndolo recibir más allá si están pensionados o no.

El Instituto de Previsión Social (IPS) se encuentra a cargo de entregar este aporte, el cual tiene un valor de $206.173 con la finalidad de incrementar los bajos ingresos de la tercera edad.

Faltan muy pocos días para que la modificación de uno de los incisos de los requisitos cambie gracias a la aprobación de la Ley Corta de la PGU, beneficiando así a más de 70 mil adultos mayores.

¿Cuál es este nuevo requisito y desde cuándo entrará en vigencia?

La modificación que se hizo en uno de los incisos de los requisitos de la PGU que decía que el beneficiario no debía pertenecer al 10% de la población mayores de 65 años más rica del país.

Esto significa que ahora se evaluará será que el adulto mayor y su grupo familiar, con el cambio hecho por la Ley Corta de la PGU, no integre al 10% de la población total más rica del país, ampliando el grupo de personas que podrán optar a este beneficio.

Esta reforma entrará en vigencia desde abril 2023, además, cabe recalcar que, todos los postulantes entre el octubre de 2022 y marzo de 2023 y se le rechazó su solicitud por no cumplir con este requisito podrían ser nuevos beneficiarios .

¿Cuáles son requisitos de la Pensión Garantizada Universal?

Todos los adultos mayores que están interesados en postular a la PGU, desde abril en adelante, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos: Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad. Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • Contar con una pensión base menor a la pensión superior de $1.114.446, determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE). Cabe señalar que la pensión base es un cálculo con antecedentes a la edad de jubilación y no a la pensión que se está recibiendo en el último mes.
  • No ser imponente o pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Evaluación que la persona no integre un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país.