Asignación Familiar: Revisa con tu Clave Única si tienes este subsidio y cuándo se paga

Los montos de este beneficio dependerán de la cantidad de cargas familiares que posea el o la beneficiaria.

La Asignación Familiar es un beneficio perteneciente al Sistema de Prestaciones Familiares del IPS, el que entrega además el Subsidio Canasta Básica y Bono Chile Apoya Invierno, siempre y cuando cumplan algunos requisitos.

Este aporte está dirigido a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados que coticen mes a mes en algún sistema previsional, ya sea este AFP o ex caja de compensaciones fusionada con el IPS.

De esta manera, el monto que entrega este subsidio depende de la cantidad de cargas familiares que posea el o la beneficiaria. Además, el mes de agosto aumentó sus montos gracias al reajuste al sueldo mínimo.

¿Qué montos entrega la Asignación Familiar para septiembre?

Los montos que tendrá este aporte para el mes de septiembre, según la información entregada por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, son los siguientes, dependiendo del tramo correspondiente:

  • Ingreso mensual menor o igual a $419.414: $16.418 por carga.

  • Ingreso mensual entre $419.414 y $612.598: $10.075 por carga.

  • Ingreso mensual entre $612.598 y $955.444: $3.184 por carga.

¿Quiénes reciben la Asignación Familiar?

Las personas que reciben este aporte, cobran montos dependiendo de la cantidad de personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos, y se entrega a trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados.

En este sentido, se otorga a los siguientes grupos:

  • Trabajadores dependientes, sector público y privado.

  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.

  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.

  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).

  • Pensionados de cualquier régimen.

  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.

  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.

  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.

  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.

  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal  y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.

  • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.

Para que la persona sea beneficiaria, debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares, trámite que se realiza ante el organismo que administra estas cargas del trabajador (cajas de compensaciones, AFP, IPS, entre otras entidades).

¿Cómo revisar con el RUT si me corresponde la Asignación Familiar?

Puedes revisar si te toca o no este beneficio siguiendo los siguientes pasos:

  • Ingresa al siguiente enlace del IPS. 

  • Una vez allí, podrás ver tres opciones. Haz clic donde dice "Consultas". 

  • Luego, ve a "Consulta de Solicitudes", donde deberás ingresar con tu Clave Única

  • Hecho esto, el sitio web te indicará si tu solicitud para este aporte fue aceptada o rechazada. 

Cabe recordar además, que deberás acreditar tus cargas familiares a través del sitio web del Instituto de Previsión Social antes de solicitar la Asignación Familiar, ya que los montos se entregan dependiendo de estas.

¿En qué fecha se paga este subsidio?

Dependiendo de la persona que reciba esta ayuda, la fecha de pago variará, según estas condiciones:

  • Trabajadores dependientes: Es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.

  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: Se paga en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.

  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: Cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.

  • Pensionados: Paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).

  • Subsidiados por cesantía: Se paga junto al subsidio.

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