El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio estatal que se entrega desde antes de pandemia del Covid-19, y los pagos se entregan durante tres años.
Según anunció el actual Gobierno, los beneficiarios de este aporte también recibirán una compensación monetaria por el alza de los precios de la Canasta Básica de Alimentos por la inflación.
Cabe destacar que las personas que reciben el SUF se les entrega dinero por cada carga familiar que cumpla con los requisitos exigidos, y también pueden acceder gratuitamente a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas.
¿Quiénes son beneficiarios del Subsidio Único Familiar?
Según indica el Instituto de Previsión Social (IPS), es necesario distinguir entre causantes de SUF (por quienes se otorga) y beneficiarios del Subsidio Familiar (a quienes se les entrega el beneficio).
En el primer caso, son causantes del SUF:
- Los menores hasta los 18 años de edad.
- Personas con discapacidad mental a los que se refiere la ley N° 18.600 o con cualquier discapacidad y de todas las edades.
- Mujeres embarazadas.
- Madre de los menores de edad.
Por su parte, son beneficiarias las personas en el siguiente orden:
- La madre.
- El padre.
- Los guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al menor de edad.
- Las personas naturales que tengan a su cargo personas con discapacidad mental de cualquier edad y que vivan a sus expensas.
Requisitos del Subsidio Único Familiar
Pueden postular las familias que pertenezcan al 60% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH). Asimismo, es requisito que la persona que solicita el aporte no debe estar en situación de proveer por sí sola o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante, atendidas las condiciones sociales y económicas del beneficiario.
Además, deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual y/o física mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) correspondiente al domicilio del causante.
En el caso de las embarazadas, pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación (presentando certificado extendido por un médico o matrona), momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar. El beneficio cubre todo el embarazo y se paga a través del IPS.
¿Cuáles son los montos de pago del SUF este 2022?
El monto que entrega el Subsidio Único Familiar este 2022 es de $14.366 por cada carga familiar, mientras que el valor es el doble por cada integrante en situación de discapacidad, es decir, $28.732.
Si ya eres beneficiario, así puedes revisar las fechas de pago:
Tienes que ingresar al portal de consultas que dispone Chile Atiende. Allí debes digitar tu RUT y automáticamente se desplegará la información con el día exacto en que te llegará el dinero.
¿Cómo postular al Subsidio Único Familiar?
El SUF se debe solicitar por escrito en la municipalidad que corresponda a tu domicilio, trámite que se puede hacer durante todo el año.
Los documentos que normalmente se pide presentar son:
- Certificado de nacimiento de la o el menor de edad.
- Fotocopia del carnet de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores de edad y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
En caso de ser aceptada la solicitud (tras comprobar la calidad de beneficiario y el cumplimiento de los requisitos), el alcalde respectivo dicta un Decreto fundado de reconocimiento, el que inscribe en un registro especial y enseguida lo remite al IPS, para el pago del beneficio. De igual forma, el alcalde también debe declarar la no concurrencia de los requisitos (rechazo).
Si se desea reclamar sobre la resolución del alcalde, el trámite se debe hacer ante el intendente regional respectivo, dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la notificación.