Restricción Vehicular 2022: Estos son los automóviles que no son afectados por esta medida

Pronto comenzará a regir esta medida que busca diminuir la contaminación ambiental provocada por los gases que emiten los vehículos motorizados.

Como cada año, este primero de mayo comienza a regir la restricción vehicular 2022, una medida que se implementa en la Región Metropolitana para prevenir episodios de contaminación ambiental.

Debido a que en este año cae día domingo, la restricción comenzará el lunes 2 y estará habilitada hasta el 31 de agosto, funcionando de lunes a viernes desde las 7:30 AM hasta las 21:00 PM.

Quienes se ven afectados por esto son aquellos vehículos con convertidor catalítico y a los que tengan el sello verde inscrito hasta el 1 de septiembre del 2011. Junto con esto, las motocicletas fabricadas antes del 2002 también deben cumplir la restricción.

Por lo que estos no podrán circular por el anillo Américo Vespucio ni en las comunas de San Bernardo y Puente Alto, abarcando gran parte de la capital.

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¿Quiénes no se ven afectados con esta medida?

Junto con los automóviles y motocicletas que quedan libres de la restricción por su fecha de fabricación, también quedan exentos de esta medida los siguientes vehículos:

- Vehículos de emergencia de carabineros, PDI, bomberos, ambulancias y gendarmería.

- Autos modificados para discapacitados o que se usan para el traslado de persona con alguna discapacidad con la credencial del Registro Nacional de Discapacidad.

- Vehículos que prestan servicios a hospitales, clínicas, centros de rehabilitación y centros de salud.

- Coches mortuorios.

- Vehículos que prestan servicio a la Comisión Chilena de Energía Nuclear.

- Vehículos 100% eléctricos o híbridos.

- Vehículos a gas que cumplan con el D.S Nº 55/98 y que cuentan con la Revisión Técnica pertinente.

- Vehículos de canales de Televisión equipados con antenas para transmisión en directo.

- Vehículos que prestan servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos.

- Vehículos de transporte remunerado de escolares.

- Vehículos destinados a la recolección de basura.

- Vehículos con algún tipo de patente diplomática.

De todas formas, para no estar restringidos, se debe rellenar el siguiente formulario y adjuntar la documentación necesaria.

Por otro lado, los "vehículos de uso particular destinados al traslado de personal que tenga la condición de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias" también quedan libres de la restricción rellenando este formulario.

Es importante destacar que en cuanto comience la restricción, esta documentación debe estar siempre dentro del vehículo, para que ante una fiscalización no haya ningún problema.

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