La Restricción Vehicular es una medida que se aplica en toda la Región Metropolitana, con el objetivo de disminuir la contaminación ambiental en esta zona del país, y también para ayudar con la congestión de automóviles en las calles.
Con esta iniciativa del plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC), se busca bajar el alto índice de polución en Santiago especialmente en el periodo de invierno donde las condiciones de ventilación no son las óptimas en esta parte de Chile.
Esta medida establece que, los vehículos catalíticos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, tendrán una restricción de dos dígitos diarios en el perímetro interior del anillo Américo Vespucio, de lunes a viernes entre las 7:30 y las 21 horas.
¿Cuándo comienza la Restricción Vehicular?
Esta medida comienza a regir el 1 de mayo de cada año, sin embargo, al caer día domingo, comenzará el lunes 2 y continuará hasta el 31 de agosto. Esta se habilita de lunes a viernes desde las 7:30 AM hasta las 21:00 PM.
Las zonas por las cuales se rige la restricción son las que se encuentran al interior del anillo Américo Vespucio además de San Bernardo y Puente Alto, abarcando gran parte de la capital.
Cabe destacar que fuera de esta área, los vehículos pueden circular sin ningún problema.
¿Cuándo me toca la Restricción Vehicular?
Desde el Ministerio de Transportes dispusieron el calendario de la restricción para este 2022, el cual va cambiando dependiendo del tipo de vehículo y sus características.
Vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011
- Lunes: 8 y 9
- Martes: 0 y 1
- Miércoles: 2 y 3
- Jueves: 4 y 5
- Viernes: 6 y 7
Vehículos sin sello verde
- Lunes: 6, 7, 8 y 9
- Martes: 0, 1, 2, y 3
- Miércoles: 4, 5, 6 y 7
- Jueves: 8, 9, 0 y 1
- Viernes: 2, 3, 4 y 5
Motocicletas fabricadas antes de 2002
- Lunes: 6, 7, 8 y 9
- Martes: 0, 1, 2, y 3
- Miércoles: 4, 5, 6 y 7
- Jueves: 8, 9, 0 y 1
- Viernes: 2, 3, 4 y 5
¿Qué pasa si no respeto la Restricción Vehicular?
Si una persona es sorprendida faltando a esta medida, recibirá una multa de entre 1 y 1.5 UTM (entre $55.000 y $77.000). Esta misma sanción se aplica para quienes circulen por un eje ambiental en días de preemergencia o emergencia ambiental.
¿A qué vehículos no afecta la Restricción Vehicular?
Además de los vehículos que están libres de esta medida por la fecha de su fabricación, quedan exentos de la restricción los siguientes:
- Vehículos de emergencia de carabineros, PDI, bomberos, ambulancias y gendarmería.
- Autos modificados para discapacitados o que se usan para el traslado de persona con alguna discapacidad con la credencial del Registro Nacional de Discapacidad.
- Vehículos que prestan servicios a hospitales, clínicas, centros de rehabilitación y centros de salud.
- Coches mortuorios.
- Vehículos que prestan servicio a la Comisión Chilena de Energía Nuclear
- Vehículos 100% eléctricos o híbridos.
- Vehículos a gas que cumplan con el D.S Nº 55/98 y que cuentan con la Revisión Técnica pertinente.
- Vehículos de canales de Televisión equipados con antenas para transmisión en directo.
- Vehículos que prestan servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos.
- Vehículos de transporte remunerado de escolares.
- Vehículos destinados a la recolección de basura.
- Vehículos con algún tipo de patente diplomática.
Sin embargo, para no estar restringidos, debes rellenar el siguiente formulario y adjuntar la documentación necesaria.
Por otro lado, los "vehículos de uso particular destinados al traslado de personal que tenga la condición de prestador individual de salud y que se desempeñe en establecimientos públicos o privados que cuenten con servicios de hospitalización y/o atención de urgencias" también quedan libres de la restricción rellenando este formulario.
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