Este domingo 25 de diciembre es Navidad y, a la vez, es un feriado irrenunciable, por lo que gran parte del comercio está cerrado, como supermercados y malls. Sin embargo, hay algunos rubros excepcionales que sí pueden funcionar este día.
De acuerdo a lo que establece la ley, los empleadores que no respeten este feriado irrenunciable, arriesgan multas, por lo que la Dirección del Trabajo se dedica a fiscalizar.
Es importante señalar que las personas del comercio que deben trabajar en los feriados irrenunciables tienen derecho a descansar en estas fechas una vez cada dos años, es decir, un año por medio, siempre y cuando se mantengan con el mismo empleador.
Navidad: ¿Qué comercios sí pueden funcionar en este feriado irrenunciable?
Según señala la Dirección del Trabajo (DT), pueden abrir este domingo los comercios de los siguientes rubros:
Clubes.
Restaurantes.
Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos
Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados
Establecimiento de venta de combustibles (bencineras).
Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
Negocios en los que la atención sea efectuada por su dueño o dueña.
¿Dónde denunciar si no se respeta el feriado irrenunciable de Navidad?
En caso que un empleador no respete el feriado irrenunciable del trabajador, se puede realizar una denuncia a la página de la Dirección del Trabajo. Si quieres conocer más información al respecto, puedes llamar al 600 450 4000 (centro de atención laboral de la Dirección del Trabajo).