El Subsidio Familiar (SUF), también denominado Subsidio Único Familiar, realiza mensualmente pagos a las personas beneficiarias de este aporte del Estado.
Uno de los principales requisitos para acceder al Subsidio Familiar, es tener una calificación socioeconómica del 60% en el Registro Social de Hogares (RSH).
El monto de pago del SUF corresponde a $16.418 por carga familiar, mientras que las personas con alguna discapacidad generan el doble ($32.836).
Es importante destacar que el Subsidio Familiar es un beneficio compatible con el Bono Canasta Básica, el Bono Invierno de $120 mil y el Aporte Familiar Permanente.
¿Cómo consultar con el RUT por la fecha de pago del Subsidio Familiar?
El Subsidio Familiar no tiene una fecha específica de pago, sin embargo, generalmente se entrega durante los últimos días de cada mes.
Si es que eres beneficiaria o beneficiario y quieres conocer cuál es el día exacto de tu pago del SUF, puedes seguir los siguientes pasos:
Ingresa a la página web de fecha y forma de pago de ChileAtiende.
Escribe tu RUT y pulsa donde dice "consultar". Allí se te informará la fecha de pago del Subsidio Familiar y la forma en que te llegará el dinero (depósito bancario o pago presencial).
¿Quiénes pueden recibir el pago del Subsidio Familiar?
Primero, debes conocer que esta ayuda se entrega a las personas beneficiarias siempre que tengan en su grupo familiar a causantes del Subsidio Familiar.
Causantes del SUF
Se considera causante (carga familiar) de este beneficio a quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria. Este es el listado:
Deben participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud (Minsal) para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).
Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación).
Es importante señalar que las personas causantes del Subsidio Familiar pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.
Beneficiarias y beneficiarios del Subsidio Familiar
Las personas beneficiarias del SUF son quienes no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante, en el siguiente orden de prioridad:
La madre.
En su defecto, el padre.
Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
Las embarazadas. En este caso, pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser "causante madre". Cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).
¿Cómo postular al Subsidio Familiar?
Si quieres solicitar el SUF, puedes hacerlo durante todo el año en la municipalidad correspondiente a tu domicilio, la que se encargará de comprobar la calidad de beneficiario y si se cumplen los requisitos y antecedentes.
Por lo general, se pide presentar los siguientes documentos para hacer la postulación al Subsidio Familiar:
Certificado de nacimiento de la o el menor de edad.
Fotocopia de carnet de control de niño sano, al día, de las y los menores de 6 años.
Certificado de alumno regular, de las y los mayores de 6 años.
Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) correspondiente al domicilio del causante.
En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
Tratándose de menores de edad y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.