Bono por Hijo: ¿Cómo postular en el IPS en Línea para recibir el pago de más $297 mil por hijo?

Aquí puedes conocer los requisitos para solicitar este aporte, así como los montos que entrega este beneficio administrado por el Instituto de Previsión Social.

El Bono por Hijo es un beneficio del Estado, administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), que se entrega a madres mayores de 65 años por cada hijo vivo o adoptado.

De esta forma, este aporte se paga mensualmente junto a la pensión de la persona beneficiaria, y el monto dependerá del año de nacimiento del hijo o hija.

Además, el Bono por Hijo se puede solicitar por Internet, para lo cual se necesita contar con Clave Única. También se puede realizar por "Video Atención", así como de manera presencial. A continuación te contamos los detalles de este beneficio del Estado.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono por Hijo?

Para recibir este aporte, también conocido como Bonificación por Hijo, se debe cumplir con las siguientes exigencias:

  • Ser madre y tener 65 años años o más.
  • Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
    • Quienes fueron exiliadas y se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo que vivieron en el extranjero como el residido en Chile.
  • Quienes fueron exiliadas y se encuentran registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se les considerará tanto el tiempo que vivieron en el extranjero como el residido en Chile.

De igual forma, según señala el IPS, el Bono por Hijo está dirigido a las siguientes personas, quienes deben cumplir alguna de estas condiciones de jubilación:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
    • "Si adicionalmente a la pensión de la AFP reciben un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto que perciban por concepto del APSV podría verse afectado, ya que la Bonificación por Hijo incrementa el monto de la Pensión de Vejez (presente o futura) e incide en el cálculo del APSV", señalan desde el IPS.
    • Si las beneficiarias estuviesen pensionadas y percibiendo Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente de ingresados los fondos correspondientes al beneficio en la cuenta de capitalización individual. Una vez que se consuman los fondos generados por la Bonificación por Hijo y la cuenta individual quede en cero, las afiliadas podrán solicitar nuevamente la Garantía Estatal. Para estos efectos, la administradora deberá gestionar la nueva solicitud con la anticipación, con el propósito de procurar la continuidad del pago de la pensión.
  • "Si adicionalmente a la pensión de la AFP reciben un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), el monto que perciban por concepto del APSV podría verse afectado, ya que la Bonificación por Hijo incrementa el monto de la Pensión de Vejez (presente o futura) e incide en el cálculo del APSV", señalan desde el IPS.
  • Si las beneficiarias estuviesen pensionadas y percibiendo Garantía Estatal, la AFP solicitará la suspensión de la Garantía Estatal a contar del mes siguiente de ingresados los fondos correspondientes al beneficio en la cuenta de capitalización individual. Una vez que se consuman los fondos generados por la Bonificación por Hijo y la cuenta individual quede en cero, las afiliadas podrán solicitar nuevamente la Garantía Estatal. Para estos efectos, la administradora deberá gestionar la nueva solicitud con la anticipación, con el propósito de procurar la continuidad del pago de la pensión.
  • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (anteriormente Pilar Solidario), a contar del 1 de julio de 2009.
    • Las beneficiarias que pierdan la PGU podrán continuar cobrando mensualmente la Bonificación por Hijo. Como generalmente el monto es bajo (ya que se calcula como una renta vitalicia), tienen la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende para solicitar que el monto del bono se ajuste a una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), hasta que se agoten los fondos correspondientes.
  • Las beneficiarias que pierdan la PGU podrán continuar cobrando mensualmente la Bonificación por Hijo. Como generalmente el monto es bajo (ya que se calcula como una renta vitalicia), tienen la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende para solicitar que el monto del bono se ajuste a una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), hasta que se agoten los fondos correspondientes.
  • Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social, a contar del 1 de julio de 2009.
    • Las mujeres que reciben una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentan con el Aporte Previsional Solidario de Vejez, pueden solicitar la Bonificación por Hijo afiliándose a una AFP. Sin embargo, esta afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si la pensionada fallece; no así la cuota mortuoria, que puede corresponder a la AFP.
    • Las beneficiarias que pierdan la Pensión de Sobrevivencia o el APSV, podrán continuar cobrando mensualmente la Bonificación por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, tienen la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende para solicitar que el monto de la bonificación se ajuste a una PGU hasta que se agoten los fondos correspondientes.
  • Las mujeres que reciben una Pensión de Sobrevivencia, pero no cuentan con el Aporte Previsional Solidario de Vejez, pueden solicitar la Bonificación por Hijo afiliándose a una AFP. Sin embargo, esta afiliación genera la pérdida de la Asignación por Muerte si la pensionada fallece; no así la cuota mortuoria, que puede corresponder a la AFP.
  • Las beneficiarias que pierdan la Pensión de Sobrevivencia o el APSV, podrán continuar cobrando mensualmente la Bonificación por Hijo. Como generalmente el monto es bajo, tienen la opción de dirigirse a una oficina ChileAtiende para solicitar que el monto de la bonificación se ajuste a una PGU hasta que se agoten los fondos correspondientes.

Monto de pago del Bono por Hijo

La bonificación, que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años), se calcula de la siguiente forma:

  • Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo mensual vigente en julio de 2009 ($165 mil). Es decir, se entregará $297.000 por cada hijo de la beneficiaria.
  • Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo. Por ejemplo, en septiembre de 2020 el sueldo mínimo era de $326.500, por lo que el Bono por Hijo corresponde a $587.700 por cada uno.

En el caso de mujeres afiliadas a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), mensualmente se pagará un porcentaje del bono junto a la pensión hasta que se agote la totalidad del monto.

En tanto, las beneficiarias de una Pensión Garantizada Universal (PGU), o Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social, a contar del 1 de julio de 2009, la bonificación se pagará junto a la pensión en forma vitalicia.

Según explicaron desde el Instituto de Previsión Social a En La Hora, el monto resultante del bono se paga solo por una vez, por los hijos que corresponda. Por ejemplo, si la beneficiaria tiene tres hijos nacidos antes de 2009, se le pagará $891.000, pero cuotas, es decir, una parte de este monto, se pagará mensualmente.

En el caso de la AFP, "se manda el monto del bono a la Cuenta de Capitalización Individual, ahí la AFP lo junta con la plata que juntaron las personas en sus años de trabajo, y lo pagan junto con ese dinero. Quedan cuotas como de $2 mil o $3 mil, salvo algunas de las personas que pidieron un retiro de la AFP, ahí pudieron sacar la plata completa", señalaron desde el IPS.

¿Cómo postular al Bono por Hijo?

Como mencionamos anteriormente, se puede realizar tanto de manera online como presencial, para cual necesitarás:

  • Clave Única, si haces el trámite en línea.
  • Cédula de identidad vigente. Si tu carnet de identidad no está vigente, podrás ingresar el trámite de todas maneras, pero este quedará pendiente hasta que se presente la cédula vigente).
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.

Postular en línea

  • Ingresa al IPS en Línea haciendo clic aquí.
  • Una vez en el sitio web, escribe tu RUT y haz clic en "ingresar".
  • Pulsa donde dice "Pilar Solidario y Bono por Hijo".
  • Selecciona "Bono por Hijo".
  • Pincha en "ingresar solicitud de Bono por Hijo".
  • Haz clic en "Clave Única". Escribe tu RUT y clave, presiona en "autenticar". Si no está registrado, solicita tu Clave Única.
  • Completa los antecedentes solicitados. Como resultado del trámite, habrás postulado a la Bonificación por Hijo.

Importante: si en la solicitud de beneficios no aparece el Bono por Hijo, significa que no cumples con los requisitos para el beneficio.

Postulación Video Atención

  • Ingresa a la sucursal virtual de ChileAtiende haciendo clic aquí. El horario de atención es de lunes a viernes, de 08:00 a 17:00 horas.
  • Debes habilitar la cámara de tu dispositivo.
  • Un ejecutivo o ejecutiva te atenderá, y te ayudará a solicitar el Bono por Hijo.

Postulación presencial

  • Dirígete a la institución previsional a la que estás afiliado (AFP) o a la oficina Chile Atiende más cercana a ti. 
  • Explica el motivo de tu visita: solicitar el Bono por Hijo.
  • Como resultado del trámite, habrás solicitado el beneficio.

El IPS emitirá una resolución que concede o rechaza el beneficio. Esta deberá ser retirada en persona o por un representante legal en las oficinas ChileAtiende. Además, para consultar el estado del trámite, puedes llamar al número 101 de lunes a viernes, de 8:00 a 18:00 horas.

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