La extensión del Postnatal de Emergencia ya es una realidad, y vino a aliviar la preocupación de las mujeres que han sido madres recientemente y que no pueden delegar el cuidado de sus hijos, pero deben mantener sus empleos.
"Estoy convencido que esta ley que estamos promulgando hoy es sin duda un apoyo y una ayuda a la maternidad porque ayuda a cuidar los hijos. Es un apoyo a las familias porque compatibiliza mejor el mundo del trabajo con el mundo de la familia. Es una buena ley para Chile y por eso es una gran alegría poder promulgarla", señaló el Presidente Piñera cuando promulgó el viernes la normativa.
Esta ley, que prolonga la licencia de maternidad de las mujeres trabajadoras por tres meses más para que éstas puedan continuar junto a su hijos en medio de la pandemia y sin perder sus ingresos, genera dudas respecto a quiénes, cómo postular y a quienes beneficiará el subsidio.
Aquí te contamos el paso a paso para obtener este nuevo beneficio al que podrán acceder trabajadoras dependientes, independientes y funcionarias públicas.
¿Qué es el Postnatal de Emergencia?
El Postnatal de Emergencia es un subsidio que entrega el Estado mediante la Ley de Crianza Protegida, a las mujeres que han tenido hijos durante la pandemia, y que habiendo cumplido el plazo legal de la licencia médica, podrán postergar su retorno al trabajo por tres meses más, sin que sus ingresos se vean afectados.
¿A quiénes beneficia la extensión del Postnatal de Emergencia?
La extensión del Postnatal de Emergencia está destinado a las trabajadoras dependientes, independientes y funcionarias públicas que estén en pleno proceso de crianza de sus pequeños, como también a padres que estén al cuidado de sus hijos menores de 2 años.
El beneficio también contempla a quienes hayan hecho uso de una o más Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP), y que no puedan volver a sus labores por motivos del cuidado, podrán acogerse a la suspensión del contrato de trabajo.
Asimismo, los funcionarios del sector público y Fuerzas Armadas podrán acceder a un permiso sin goce de remuneración por un periodo máximo de hasta tres meses, durante el cual percibirán un bono mensual en montos y alcances similares a los dos casos anteriores.
¿Cuáles serán los montos que otorgará la extensión del Postnatal de Emergencia?
Conforme a lo que indica la ley, la extensión del Postnatal de Emergencia por tres meses más, entregará el 100% de su licencia a las trabajadoras que perciban $1 millón líquidos o menos, mientras que para las mujeres con ingresos superiores a ese monto, cubrirá el 70%.
¿Cómo se financiará la extensión del Postnatal de Emergencia?
En caso que los recursos del Fondo de Cesantía Solidario sean insuficientes para financiar el total de la extensión del Postnatal de Emergencia, los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un complemento de cargo fiscal para completar una prestación mensual equivalente al 100% o 70% del subsidio mensual derivado de la licencia médica preventiva parental.
Además, los que estén condición de independientes que se encuentren en la misma situación, tendrán derecho a percibir un bono de cargo fiscal también por hasta tres meses y en las mismas condiciones que los anteriores.
Este beneficio deberá ser solicitado ante el Instituto de Previsión Social y no será imponible ni tributable.