Bono para Pymes: ¿Cuáles son los requisitos para poder acceder a los beneficios tributarios?

Entre las medidas habrá una reducción en la tasa de interés penal a 0% por mora en el pago de todo tipo de impuestos y contribuciones.

El Bono para Pymes fue aprobado finalmente por el Senado y quedó listo para ser promulgado por el presidente Sebastián Piñera para que comience su entrada en vigencia.

El bono recibió una serie de indicaciones a lo largo de su tramitación en el Congreso, entre las que destacan la inclusión de comerciantes de ferias libres como beneficiarios.

En cuanto al aporte, contempla el pago de un millón de pesos que se estima llegue a casi 800 mil Pymes y un adicional variable equivalente al pago de 3 meses de IVA de 2019 con un tope de dos millones de pesos. Asimismo, entregará un aporte extra de un 20% a empresas cuyas dueñas sean mujeres.

Eso sí, el beneficio correrá desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial y hasta el 31 de diciembre del año 2021. Es decir, si se publica este mes entrará en vigencia el 1 de julio.

Requisitos del Bono para Pymes

De acuerdo al proyecto de ley presentado por el Ejecutivo, los requisitos para acceder al Bono para Pymes son:

  • Que hayan obtenido ingresos por ventas y servicios del giro por al menos dos meses, continuos o discontinuos, durante el año calendario 2020 o 2021.

  • Que hayan tenido contratado, a lo menos, un trabajador durante el año calendario 2020, según la información presentada al Servicio de Impuestos Internos en la Declaración Jurada N° 1.887.

  • Que correspondan a los rubros más golpeados por la pandemiacomo gastronomía, eventos de cultura, peluquería, belleza gimnasios, servicios de turismo, transportes, jardines infantiles y que hayan tenido alguna venta en 2019.

Cabe consignar que solo quedarán fuera las empresas que corresponden a sociedades de inversión, financieras o seguros.

¿Qué beneficios y montos entrega el Bono para Pymes?

El Bono para Pymes entregará $1.000.000 a empresas que hayan iniciado actividades antes del 31 de marzo de 2020, estén exentos o no del pago del IVA. Además se contempla un bono adicional para aquellas Mypes que deban pagar IVA y que recibirán la devolución de tres meses del promedio del IVA débito del año 2019. Acá el tope es de $2.000.000.

Inclusive el bono de alivio a MYPEs puede aumentar un 20% si la persona natural es de sexo femenino y si la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada, establecida conforme a las normas de la ley Nº 19.857, tenga sexo registral femenino.

En tanto, quienes tengan trabajadores acogidos a la Ley de Protección al Empleo podrán acceder a un bono de cargo fiscal, por una sola vez, equivalente a una vez la cantidad necesaria para financiar el mayor monto que resulte del devengo de las cotizaciones de seguridad social de los meses de enero, febrero y marzo del año 2021 o del último mes que registre cotizaciones declaradas y no pagadas.

Además se detalla que el bono sólo podrá ser solicitado por personas naturales y jurídicas que fueron empleadores y tuvieron contratados hasta 49 trabajadores al 31 de marzo de 2021.

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