Quedan solo tres semanas para que se realicen las elecciones de alcaldes, concejales, gobernadores regionales y constituyentes, los días 10 y 11 de abril, y el Servicio Electoral (Servel) ya publicó la nómina de personas que deberán cumplir la labor de vocales de mesa.
Luego de la promulgación de la ley que permite que la votación se haga los días sábado y domingo, quienes se presenten como vocales de mesa, junto a los miembros y secretarios del Colegio Escrutador, recibirán un bono de $60 mil por los dos días.
Sin embargo, como en cada votación, siempre existen personas que, por distintos motivos no quieren o no pueden ejercer esta labor para la que fueron designados los días de cada elección.
A continuación te explicamos cuáles son las sanciones que podrías recibir si fuiste elegido como vocal de mesa y no te presentas en tu local de votación para cumplir dicha función. Así como también cómo excusarte y qué motivos son los que se pueden esgrimir para no ser vocal de mesa.
¿Cómo saber si me tocó ser vocal de mesa?
Dicha información está disponible a través de la página del Servel, en ella, solo debes ingresar tu RUT y el sistema te indicará si saliste elegido como vocal de mesa.
¿Qué excusas debo presentar si no puedo ser vocal de mesa?
Según el artículo 49 de la Ley 18.700, hay una lista de razones para no ejercer como vocal de mesa:
- Estar fuera del país o radicado a más de 300 km del local de votación.
- Tener que ejercer otras funciones que estén dentro de la ley.
- Producto de la pandemia, los mayores de 60 años, mujeres embarazadas y cuidadores de personas con necesidades especiales también pueden excusarse.
- Personas que estén física o mentalmente imposibilitados de ejercer su función o cumplan labores en recintos hospitalarios.
Estas excusas deben presentarse ante el Secretario de la Junta Electoral al que se es designado el vocal de mesa dentro del plazo indicado en la sección anterior.
¿Qué multas puedo recibir si no me presento a ser vocal de mesa?
Una vez publicada la nómina definitiva el sábado 27 de marzo, los designados no podrán presentar excusas y quienes no concurran a desempeñar su labor arriesgan una infracción electoral, la cual es sancionada con una multa a beneficio municipal, que va de 2 a 8 UTM (aproximadamente entre $79.500 y $318.000).
¿Cuáles son las fechas para apelar en caso de ser vocal de mesa?
Por otro lado, desde el 22 de marzo hasta el 24 del mismo mes, estará el plazo para presentar excusas o los motivos por los cuales ausentarse a la función. Finalmente, el 27 de marzo se entregará la lista definitiva, a la cual ya no se podrá apelar.
¿Dónde voto?
Para conocer la información relativa a tu local de votación, debes ingresar a la plataforma que el Servicio Electorar (Servel) ha dispuesto para ello. Solo debes digitar tu RUT y automáticamente el sistema te indicará tus datos electorales.