Debía pagar $60.000 a cada cliente: Corte Suprema salva a histórica multitienda de millonaria indemnización

Tras una disputa de larga data con el Sernac por cláusulas abusivas en los contratos de las tarjetas de la empresa, finalmente el máximo tribunal desestimó el pago a los afectados, que en total hubiese significado más de 30 mil millones de pesos.

La Corte Suprema liberó a reconocida multitienda del pago de una millonaria indemnización a algunos de sus clientes.

Corría 2017 cuando el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) presentó una demanda colectiva en contra de la histórica multitienda chilena Hites por cláusulas abusivas en los contratos de sus tarjetas de crédito.

Luego de un largo litigio, en noviembre del 2019, el 11° Juzgado Civil de Santiago le daba un duro golpe a la empresa fundada en 1940 al condenarla a pagar $59.551 a cada uno de los clientes afectados, lo que significaba un desembolso para la compañía cercano a los 30 mil millones de pesos, pese a que la firma indicaba que el monto era infinitamente menor, y no debía superar los $500.000.000.

Corte Suprema anula condena y salva a Hites de millonaria indemnización

Sin embargo, de acuerdo a Pulso de La Tercera, este jueves la Corte Suprema rechazó un recurso de casación en la forma que, tanto Hites como SERNAC presentaron, librando de esta manera la obligación de la multitienda de pagar los casi $60.000 a cada cliente que se consideró afectado. En el fallo, decidieron que la indemnización no era procedente en el caso.

Hites se libró de pagar una indemnización de más de $59.000 a clientes a los que habría aplicado cláusula abusivas en sus contratos.
Hites se libró de pagar una indemnización de más de $59.000 a clientes a los que habría aplicado cláusula abusivas en sus contratos.

El mencionado medio informó que, de todas maneras, el máximo tribunal sí mantuvo multas a Hites por vuleraciones a la Ley N° 19.496.

En relación al monto que se debía cancelar a los usuarios, los ministros de la Corte Suprema estimaron que “se revoca, en lo apelado, la sentencia de 22 de noviembre de dos mil diecinueve, solo en aquella parte que acoge la pretensión restitutoria y resarcitoria incoada por el Servicio Nacional del Consumidor”.

Por parte de la empresa, tras conocerse el dictamen, se informó a través de un comunicado que “este fallo rechaza la solicitud que realizó en su demanda el Sernac y exime a Hites del pago de indemnizaciones a sus tarjetahabientes. Sin perjuicio de lo anterior, es importante destacar que Hites ajustó las cláusulas de sus contratos, reafirmando su compromiso con la transparencia y protección de los derechos de sus clientes”.

Por parte del Sernac, se lamentó que la determinación judicial dejara sin resarcimiento económico a las personas que fueron afectadas.