Reconocido hospital deberá indemnizar con $110 millones a hijos de una paciente: murió al caer de una camilla

El centro asistencial de salud involucrado es el Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama; hecho ocurrido en 2019 por el que deberá responder ahora.

Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama. Esto es parte de lo que dijo el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Créditos: Pexels.

El Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama fue sentenciado a pagar una indemnización de $110 millones por daño moral a hijos de una paciente que murió al caer de una camilla cuando era trasladada dentro de este centro de salud, en abril del año 2019. Así lo ratificó la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

Fue la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y Eric Sepúlveda Casanova; la que confirmó la sentencia. Esto, según lo que consignó el medio regional Calama en Línea, donde citaron parte del fallo al que tuvieron acceso.

Una de las entradas del Hospital Dr. Carlos Cisternas. Créditos: @hospitalcalama
Una de las entradas del Hospital Dr. Carlos Cisternas. Créditos: @hospitalcalama

¿Qué dice el fallo contra este Hospital de Calama?

El texto establece que “debe considerarse que conforme al artículo 41 de la Ley 19.966 dispone que la indemnización por el daño moral será fijada por el juez considerando la gravedad del daño y la modificación de las condiciones de existencia del afectado con el daño producido, atendiendo su edad y condiciones físicas, siendo precisamente la edad de los actores y de la occisa la que lleva a concluir que la suma fijada es la suficiente para compensar el daño sufrido en los términos indicados”.

“Se revoca, sin costas del recurso, la sentencia en alzada dictada en causa rol C-1101-2022 del Tercer Juzgado de Letras de Calama con fecha diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, sólo en cuanto condenó a la demandada al pago de las costas de la causa, y en su lugar se resuelve que cada parte pagará sus costas. Y se confirma, sin costas del recurso, en lo demás la referida sentencia”, completa el fallo.