El próximo jueves 1° de agosto entre en vigencia la Ley Karin, iniciativa que regulará el acoso laboral, sexual y todos los aspectos relacionados con la violencia en el trabajo.
La Ley N°21.643 sancionará 18 conductas ligadas a esta materia, entre las que se incluyen acciones como burlas, asignación de tareas denigrantes o el acoso telefónico, entre otras. Una situación que urgía normar, ya que en los últimos años la actitudes laborales violentas han crecido exponencialmente, de manera especial en algunas actividades por sobre otras.
¿En qué actividades laborales se ejerce más violencia?
Un informe estadístico realizado por Mutual de Seguridad reveló un aumento del 15% de las denuncias recibidas durante 2023 respecto de 2022, y 120% en comparación con cifras de 2011.
De esta manera, las agresiones con ocasión del trabajo se encuentran en su punto más alto en los últimos 13 años. Solo el año pasado se registraron más de 11.170 denuncias asociadas a agresiones en el contexto laboral, según las conclusiones del estudio.
En este, además se establece cuáles son las actividades laborales en las que se producen más hechos de violencia.
Los sectores de Actividades de Servicios Comunitarios, Sociales y Personales (20%), Transporte (19%), Comercio (14%) concentran la mayoría de los trabajadores afectados por violencia laboral, representando dos tercios (53%) de las denuncias totales.
Por su parte, las tasas de agresiones en Salud muestran una tendencia ascendente constante desde 2015, aumentando de 3,0 a 6,6 (un crecimiento del 120%). En tanto, Enseñanza tuvo una caída durante la pandemia, pero las tasas se recuperaron rápidamente en 2022 y 2023 (6,4 y 7,2 respectivamente).
¿Qué es la Ley Karin?
Estas altas incidencias son las que pretenden ser mermadas con la aplicación de la Ley Karin que entra en vigencia el próximo jueves 1° de agosto de 2024.
Al respecto, Francisco Vallejo, experto en derecho laboral, y académico de la Facultad de Derecho UANDES indica que “la Ley Karin ya está aprobada y es coherente con la ratificación por parte de Chile del convenio 190 de la Organización Internacional de Trabajo. Lo que se busca con esta normativa, principalmente, es garantizar ambientes de trabajo dignos y seguros”.
La normativa establece tres conductas que el legislador define. En este sentido, Vallejo aclara que estas son: el acoso sexual, el acoso laboral; y la violencia en el trabajo.
El jurista asegura que “la ley establece tres niveles: primero, la prevención de los riesgos, en segundo lugar, la investigación y en tercer lugar, la sanción. En estos tres puntos se centra la normativa. Con esto, los empleadores tienen que desempeñar un rol activo en la prevención, y además tiene que detectar los riesgos de su actividad”.