En el marco de la crisis de seguridad que vive actualmente el país, una serie de alcaldes han emplazado al Presidente Gabriel Boric para que evalúe la opción de decretar Estado de Excepción en la Región Metropolitana.
Paralelamente, el Gobierno anunció hace un par de días el Plan “Calle sin Violencia” con el cual se pretende realizar una intervención policial en lugares donde se concentran la mayor cantidad de delitos violentos en Chile.
La iniciativa -que será implementada en Santiago y otras 29 comunas que aún no han sido confirmadas- apunta a una mayor efectividad en la persecución penal, patrullajes policiales, fiscalización de armas, búsqueda prófugos de la justicia e intervención barrial.
Sin embargo, la idea de declarar un Estado de Excepción en el Gran Santiago -a juicio de quienes la impulsan- podría ser una alternativa para enfrentar la inseguridad en ciertos sectores. A continuación te explicamos en qué escenarios es posible decretarlo y cuál sería su extensión.
¿En qué casos se puede decretar Estado de Excepción?
Actualmente en Chile existen cuatro Estados de Excepción Constitucional, que una vez en vigencia pueden afectar libertades y garantías constitucionales en casos de que el país se encuentre bajo situaciones de guerra, conmoción interior, emergencia y calamidad pública.
Cabe destacar que este último concepto nombrado, “calamidad pública”, hace referencia a situaciones de tal magnitud que generen grave daño “al normal desarrollo de la vida social y la economía, afectando significativamente a personas o bienes dentro del territorio de la República”, según explican Gonzalo García y Pablo Contreras en el Diccionario Constitucional Chileno.
En ese sentido la existencia de una situación de excepción permite al Presidente declarar los Estados de Excepción Constitucional, pero no lo obliga a decretarlos, ya que esta decisión queda exclusivamente en sus manos, debiendo ser notificada posteriormente al Congreso. Aunque en algunos casos necesita de la aprobación del Poder Legislativo.
¿Cuánto tiempo se extienden los Estados de Excepción?
Estado de Asamblea
En este escenario se restringe la libertad personal, el derecho de reunión, la libertad de trabajo, entre otras limitaciones. Este puede ser declarado por el Presidente en acuerdo con el Congreso.
El Estado de Asamblea se extiende por un plazo máximo de noventa días, los cuales puedes ser prorrogables. Sin embargo se utiliza exclusivamente en un escenario de guerra externa, por lo que en esta ocasión quedaría descartado.
Estado de Sitio
Éste permite restringir la libertad de locomoción, arrestar a las personas en sus propias casas o en lugares que la ley determine y que no sean cárceles y suspender o restringir el ejercicio del derecho de reunión.
El Estado de Sitio puede ser decretado por el Presidente en acuerdo con el Parlamento y no es posible utilizarlo más de 15 días, aunque el mandatario puede pedir una prórroga. La medida se contempla en casos de guerras internas o grave conmoción interior.
Estado de Emergencia
Con esta medida el Presidente podrá restringir las libertades de locomoción y de reunión, en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación.
El Mandatario tiene la facultad de declararlo por 15 días, y hacer una prórroga del mismo periodo. Sin embargo, luego tendrá que recurrir al acuerdo con el Congreso.
Estado de Catástrofe
Se contempla para los casos de calamidad pública, y con él se restringen las libertades de locomoción y de reunión, se establecen limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad, y se adoptan todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad.
Una vez que el Presidente lo declara tiene una duración de 90 días, pero es posible realizar una prórroga. Una vez pasados los 180 días, el Congreso podrá dejar sin efecto la declaración. Incluso, el mandatario tiene la facultad de declarar el estado por un período superior a un año, con acuerdo del Congreso.