¿Solo Fonasa y no más Isapres? Revisa qué se aprobó sobre el Derecho a la Salud universal e integral en la Convención Constitucional

El artículo 14 sobre el Derecho a la Salud que pasó al borrador del texto que prepara la Convención Constitucional, ha levantado una serie de dudas en relación a qué pasaría con el sistema privado y las Instituciones de Salud Previsional si se aprueba en el Plebiscito para la Nueva Constitución.

Durante la noche de este martes el Pleno de la Convención Constitucional aprobó 7 de los 12 incisos que componen el artículo 14 sobre el Derecho a la Salud del segundo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales, entre ellos el que consagra un sistema de salud que será "de carácter universal, público e integrado".

El texto, que pasará al borrador de la nueva Constitución, manifiesta que este nuevo sistema "se regirá por los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficacia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación".

Por otro lado se establece que "será financiado a través de las rentas generales de la nación". Mientras que también se podrá instaurar por ley el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores "con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema".

Otra de las normas aprobadas incluye que se determinará por ley el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos del sistema. Además se señala que "toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental".

También pasa al borrador el texto que plantea que "el Estado deberá proveer las condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel posible de salud, considerando en todas sus decisiones el impacto de las determinantes sociales y ambientales sobre la salud de la población".

A su vez, se aprobó el inciso que establece que es deber del Estado generar políticas y programas de salud mental destinados a la atención y prevención, con enfoque comunitario, y que éste aumentará de manera progresiva su financiamiento.

Finalmente se estableció que corresponderá de forma exclusiva al Estado la función de "rectoría" del sistema de salud, función que incluye la regulación, supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas del país.

¿Qué pasará con las Isapres?

Con respecto a la continuidad de las Isapres, el inciso que permite la existencia de seguros privados voluntarios, que no pueden sustituir o duplicar el rol del Estado, volvió a la comisión para ser revisado.

Otro inciso que volvió a la comisión es el que señala que "los prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro. La ley establecerá los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento".

En ese sentido, el Secretario Nacional del Colegio Médico, José Miguel Bernucci, aclaró que con la aprobación de estas normas que pasan al borrador de Nueva Constitución, no se está acabando con la salud privada en Chile.

"Lo que si se acaba es el aseguramiento privado de seguridad social, o sea las ISAPREs como las conocemos hasta ahora. Lo que podrán realizar será una complementariedad al seguro universal, para por ejemplo, mejorar hoteleros, si así usted lo desea (se mantiene libertad de elección)", expresó a través de Twitter.