¿Qué pasó?
Terminó la historia del segundo retiro AFP. Este proyecto fue aprobado y despachado por la Sala del Senado, luego de votar a favor de las normas sobre el pago de deudas originadas por pensión alimenticia. Con esto, quedó listo para ser promulgado y como ley por el Presidente Sebastián Piñera.
Este fue con 41 votos a favor, cero en contra y una sola abstención, la cual fue del senador Felipe Kast Sommerhoff. Previamente, la Cámara Baja lo había aprobado por 132 votos a favor, 12 en contra y una abstención. Rentas superiores a $1.500.000 pagarán impuestos, pero no habrá reintegro.
La propuesta legal establece que, excepcionalmente y en el contexto de la crisis sanitaria producida con ocasión del Covid-19, se autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones realizar, de forma voluntaria, un retiro por hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
Para efectos de ejercer el derecho establecido en la presente ley, se considerará como afiliado a toda persona que pertenezca al sistema privado de pensiones, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.
Deudas por pensión alimenticia en el segundo retiro AFP
El texto indica que los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa.
Tampoco podrán rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias.
Para ese último evento, el juez de familia competente autorizará al alimentario, a petición de este, de su representante legal o curador ad litem, a subrogarse en los derechos del alimentante moroso para realizar la solicitud de retiro de fondos previsionales acumulados en su cuenta de capitalización individual hasta por la totalidad de la deuda.
Por último, se regula el caso de que existan varios alimentarios en distintas causas, la situación de fondos remanentes, procedimientos y plazos, entre otras variadas normas relativas a este tema.
¿Cómo quedó el segundo retiro AFP con las nuevas indicaciones?
- Retiro mínimo de 35 UF ($1 millón) y máximo de 150 UF ($4,3 millones), si es menor a 35 UF podrá retirar el total.
- Plazo máximo para el pago del 50% del retiro en 10 días hábiles, la segunda mitad en los 10 días hábiles siguientes.
- Retiro menos de un millón de pesos (35 UF) , se pagará en una sola cuota.
- Aplicación de impuestos para rentas sobre $1.500.000.
- Eliminación de la restitución de fondos. Las personas no estarán obligadas a devolver lo que retiren.
- Retiro forzoso para deudores de pensión alimenticia.
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