Esta semana la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó un cambio en la reforma previsional que permitiría un Autopréstamo de los Fondos Previsionales, situación que fue abordada por el ministro de Hacienda, Mario Marcel.
La autoridad defendió esta propuesta explicando que “está planteado con un conjunto de parámetros que evitan que se perjudique la acumulación de ahorros previsionales por los trabajadores, porque está planteado de manera tal que es un préstamo propiamente tal”.
“La esencia del préstamo es que se devuelve, y con un interés. Las propuestas que tuvimos hace un tiempo atrás no tenían posibilidad de devolverse; o sea, era un retiro de fondos”, agregó, además de asegurar que el modelo existe en otros países y funciona.
“Esperamos que los parlamentarios sean capaces de entender que un préstamo es un préstamo: se tiene que devolver. Con mayor razón, si es contra mis propios ahorros previsionales, que si no se devuelve, no tendré plata para mi jubilación”, concluyó.
¿Quiénes podrían pedir el Autopréstamo AFP?
De acuerdo a la propuesta, podrían solicitar el Autopréstamo quienes estén a cinco años o más de su jubilación, es decir, hombres menores a 60 años y mujeres menores de 55 años de edad.
De esta manera, se estima que de los más de 11 millones de afiliados, aproximadamente 9 millones podrían acceder al autopréstamo de sus fondos previsionales, según el cálculo de las autoridades.
¿Cuánto dinero se podrá retirar con el Autopréstamo?
- Podrán realizarse hasta por un monto equivalente al 5% del total ahorrado en dicha cuenta a la fecha de la solicitud, con un monto máximo de 30 unidades de fomento (UF), es decir, cerca de $1.000.000.
- El monto del préstamo se expresará en unidades de fomento del día de la entrega del dinero, no devengará intereses y deberá ser devuelto a la cuenta de capitalización individual de la o el solicitante reajustado conforme a las variaciones experimentadas por la unidad de fomento.
- La entrega de los fondos se efectuará dentro del plazo máximo de 10 días hábiles a contar del ingreso de la solicitud.
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