Corte Suprema ordena "libertad inmediata" de Nicolás López

Durante los últimos minutos la Sala Penal del Máximo Tribunal decretó dejar sin efecto la prisión preventiva que cumplía en el penal de Casablanca.

Vuelco en el caso Nicolás López. La Corte Suprema ordena "la inmediata libertad" del cineasta de "Qué Pena tu Vida" tras acoger un recurso de amparo que presentó su defensa.

Según lo informado por La Tercera, la Sala Penal del Máximo Tribunal decretó dejar sin efecto la prisión preventiva que estaba en contra del director de esa, esto luego de la condena que recibió hace una semana por dos casos de abuso sexual.

De acuerdo a lo señalado por el medio de comunicación, el fallo agrega que "aparece de manifiesto que la resolución impugnada por el presente recurso de amparo que decretó la prisión preventiva del amparado, tuvo como fundamentos los mismos antecedentes que se tuvieron en consideración para negar la medida cautelar señalada en la audiencia realizada el día 26 de abril de 2022".

En ese sentido, los jueces de la Corte Suprema, acogió el recurso de amparo interpuesto por su defensa, Paula Vial, al asegurar que no se hayan divisado nuevos antecedentes que exige la ley para promover la prisión preventiva hacia Nicolás López.

Asimismo, el según el escrito de la entidad y que el medio de comunicación apunta a que el "Código Procesal Penal exige la concurrencia de nuevos antecedentes para decretar la prisión preventiva que se rechazó con anterioridad, lo que, conforme a lo razonado en el motivo que antecede, no acontece en este caso".

El caso Nicolás López

Nicolás López fue declarado culpable por dos delitos de abuso sexual y condenado el pasado 16 de mayo a cumplir cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por los dos cargos.

El 20 de mayo, se revisaron las medidas cautelares del cineasta, decretándose su prisión preventiva, la cual debería cumplir en el penal Santiago 1.

Luego de una serie de gestiones por parte de su defensa, Nicolás López fue trasladado al Centro de Detención Preventiva de Casablanca por dictamen del Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar. Esto, para el “resguardo de su seguridad”.

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