Este lunes 6 de febrero, se dio a conocer el fallo de la Corte Suprema que acogió parcialmente el recurso de nulidad presentado por la defensa de Nicolás López, quien había sido condenado a cinco años y un día de presidio mayor por dos delitos de abuso sexual.
El máximo tribunal del país modificó la sentencia, condenando al artista a cumplir dos penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo que no deberá cumplir en la cárcel, sino que bajo libertad vigilada intensiva.
Y es que la Segunda Sala del máximo tribunal estableció que se registró un error de derecho en la sentencia realizada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, pues se aplicó una modificación legal respecto a la privación de libertad que no estaba vigente en la época que Nicolás López cometió los delitos de abuso sexual, específicamente en los años 2015 y 2016.
Es por ello que la Corte Suprema aumentó y sustituyó la sentencia anteriormente aplicada, sin embargo, este no la cumplirá en la cárcel, como se había dictaminado en abril del 2023, sino que lo hará bajo libertad vigilada intensiva, algo que ha generado confusión en la opinión pública.
¿En qué consiste la libertad vigilada intensiva que deberá cumplir Nicolás López?
Según indica la Biblioteca del Congreso Nacional, la libertad vigilada intensiva, a la que fue condenado Nicolás López, consiste en someter al condenado a un régimen de libertad a prueba, donde tendrá que cumplir con diversas labores para su reinserción social, bajo la vigilancia y orientación permanentes de un delegado.
El tribunal impondrá al condenado una serie de condiciones, de acuerdo a lo precisado. Lo principal es que la persona debe tener un lugar de residencia determinado, que podrá ser propuesto por ella y que sea un lugar donde esté presente un delegado de libertad vigilada intensiva.
Además, Nicolás López deberá estar en "sujeción a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el periodo fijado, "debiendo el condenado cumplir todas las normas de conducta y las instrucciones que aquel imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para una eficaz intervención individualizada.
Por otro lado, el condenado tendrá que ejercer "una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual".
Y eso no es todo, en el caso de la libertad vigilada intensiva, deberán decretarse una o más de las siguientes condiciones: prohibición de acudir a determinados lugares; prohibición de aproximarse a la víctima, a sus familiares u otras personas que determine el tribunal, o de comunicarse con ellos; obligación de mantenerse en el domicilio o lugar que determine el juez, durante un lapso máximo de ocho horas diarias, las que deberán ser continuas y la obligación de cumplir programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares.
Recordemos que Nicolás López fue declarado culpable por los delitos de abuso sexual y tendrá que cumplir con dos penas de tres años y un día de libertad vigilada intensiva; es decir, seis años y dos días.